domingo, 28 de abril de 2019

Las Leyes Romanas (Parte III: Legis actiones)

Legis actiones

Escritas en los contenidos de la Ley de las XII Tablas, las legis actiones encierran un procedimiento solemne entre dos partes litigantes que se presentan a un magistrado para resolver un conflicto o controversia. 

Si bien estas estaban escritas en la Ley de las XII Tablas, la verdad es que las legis actiones pertenecen al período arcaico del derecho, pues estas pertenecen al antiguo derecho quiritario (también llamado ius civile) que surgió en la época de la monarquía etrusca. 

Procesos por las acciones

Generalmente, de las legis actiones se enumeran al menos cinco que corresponden a dos procesos en los procedimientos que inician las partes y el magistrado. 

  1. Legis actio per sacramentum (o vindicatio): acción de ley por apuesta sacramental, es decir, una pena pecuniaria a aquel litigante vencido.
  2. Legis actio per iudici arbitrii postulationem: acción de ley por petición de juez o árbitro, es decir, se pedía la ayuda del pretor para aclarar una acción de tipo divisoria (una herencia por ejemplo). 
  3. Legis actio per conditionem: acción de ley por intimidación o requerimiento, es decir, se hace comparecer a alguien frente al juez. 
  4. Legis actio per manus iniectionem: acción de ley por imposición de la mano, es decir, aprehensión corporal a causa de alguna deuda. 
  5. Legis actio per pignoris capionem: acción de ley por toma de prenda, es decir, el apoderamiento de bienes de un deudor. 

Estas eran las acciones generalmente conocidas en los actos procesales del derecho arcaico, sin embargo, a cada una de estas correspondía un proceso determinado.

Legis actio declarativa y legis actio ejecutiva

Si pudiéramos clasificar las cinco acciones mencionadas anteriormente, entonces debemos hacerlo en cuanto unas son declarativas (el juez se debe pronunciar en la controversia) y ejecutivas (ejecución de una sentencia ya existente).

Legis actio declarativas:

  • Per sacramentum (o vindicatio)
  • Per iudicii arbitrive postulationem
  • Per condictionem

Legis actio ejecutivas

  • Manus iniectio
  • Pignoris capionem

No obstante, esto no es todo pues las acciones y sus correspondientes procesos tienen contenidas en sí mismas dos fases: In Iure y Apud Iudicem.

Para la legis actio declarativa las fases son las siguientes:

In Iure: se establece el derecho aplicado a la controversia.

  1. Citación
  2. Certa Verba: plantear la controversia
  3. El magistrado elige al juez o los jueces
  4. Litis: una vez obtenido los testimonios por terceros se podrá reconstruir los hechos del conflicto, y esto permitirá continuar a la siguiente fase que es Apud Iudicem

Apud Iudicem: el juez determina si los hechos se aplican al derecho

  1. Síntesis de la causa
  2. Alegatos y pruebas
  3. Sentencia según las XII Tablas

Sin embargo, cuando hablamos de la legis actio ejecutiva solo tenemos una fase que es In Iure.
  1. Echazón de mano (manus iniectio)
  2. Toma de prenda (pignoris capionem)


Podríamos decir en otras palabras que el proceso declarativo tiene la característica constatar un derecho, mientras que el proceso ejecutivo exige el cumplimiento de una obligación, donde un derecho indubitado es reconocido pero no cumplido. 

Conclusión

Las legis actiones representan el comienzo de las leyes formales que más adelante conoceremos. Aquí las hemos descrito de manera somera, pues el detalle que tienen cada una de ellas son enormes y probablemente inabarcables en esta entrada tan pequeña. Solo entendamos que estas son las primeras acciones que se consideran en el proceso judicial en Roma. Luego se tornará aun más complejo con otras estructuras que irán sumándose a medida que avanza la historia. 

sábado, 20 de abril de 2019

La Catedral de Notre Dame (1663)

Catedral de Notre Dame

La Catedral de Notre Dame

Características

Es una de las más famosas catedrales de la Edad Media, distinguida por su tamaño, antigüedad, y arqueología así como también de interés arquitectónico. Su fundación se realizó gracias al papa Alejandro III en el año 1163, y el altar más alto que tuvo fue consagrado en el año 1189. La nave y el coro de la iglesia fueron completados en el año 1240.

Tiene 43 metros de altura, 127 metros de longitud y 48 metros de anchura. Llaman la atención sus gárgolas con formas de quimeras expresando el estilo gótico de la época. 

Una de las campanas pesa 13 toneladas y tiene un diámetro de 260m, y su órgano tiene al menos 8.000 tubos. Tiene cinco teclados de 56 notas, 109 juegos y 111 registros. Contiene como un tesoro la supuesta corona de espinas que usó Jesús de Nazareth. 

Escuela de Notre Dame

Durante el siglo XII y XIII, un importante grupo de compositores y cantantes trabajaron bajo el patronazgo de la gran Catedral parisina de Notre Dame. Fueron los primeros en producir música polifónica para ganar prestigio internacional frente a las otras escuelas de música. 

Incendio en la catedral

El 15 de abril del presente año la catedral de Notre Dame sufre un incendio devastador en su aguja central. El proceso fue el siguiente:

  1. Un proyecto de reparación se llevaba a cabo a las 18:50 en la aguja central. Seguramente, un descuido provocó el incendio de la catedral a partir de ese mismo punto
  2. A las 19:53 se desploma la aguja central de la catedral que tiene 93 metros de alto y  250 toneladas de plomo
  3. A las 20:00 el techo completo colapsa

Hoy en día la visitaban entre 12 y 14 millones de personas al año. Tenía 30.000 visitantes por día. Tenía más de 20.000 celebraciones al año. Tenía 5 misas al día y 7 el domingo.

Conclusión

Se supone que el incendio que ocurrió la semana pasada ocurrió por el proyecto de arreglos que estaban realizando en la aguja central. Lo bueno es que muchos empresarios nacionales e internacionales colaboraron con la reconstrucción, ofreciendo donaciones estimadas en 800 millones de euros. Sin embargo, es preciso preguntarnos qué pasaría si un accidente de tamaña envergadura ocurriera en Chile, haciendo el símil con la Catedral de Santiago. El arzobispado de Santiago nos dice que no existe presupuesto fijo para la mantención de dicha Catedral. Es importante mantener estos edificios que no están ahí para asombro superficial del hombre, sino que más bien para mostrar el ingenio y la espiritual de los hombres de la Edad Media. Aquellos que intentaron dejar una gran huella que trascendiera a todos los tiempos. 

Fuente: Diario El Mercurio con fecha 17/04/2019

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Santo Tomás de Aquino - Summa Contra Gentiles (Libro III: La Providencia) (1263)




Este sería el tercer libro de la Summa Contra Gentiles el cual trata un tema interesantísimo entre los amantes de la filosofía: el mal. En efecto, un servidor de Dios no puede estar alejado del problema del mal que en cierto sentido es un concepto muchas veces difícil de aterrizar en nuestras mentes. El maestro religioso de otro tiempo ya nos había dado algunas pistas de lo que era el mal; San Agustín de Hipona diría que el mal no es una sustancia, no es un ser y por lo tanto, es total ausencia del bien. ¿Estará de acuerdo con esto el aquinate? Veámoslo en los siguientes apuntes de filosofía


SUMMA CONTRA GENTILES


Argumentos sobre el mal

El mal como ser

Muchos filósofos (entre ellos San Agustín) han asegurado que el mal es una especie de ausencia, de falta de algo. Sin embargo, otros filósofos aseguraban que el mal en verdad existía.

Es verdad que puede decirse que el bien y el mal son contrarios, y si posicionamos el bien con lo que es verdadero, con lo que existe, entonces tendremos que decir que el mal es falso y que no existe (siguiendo la lógica de San Agustín). No obstante, si el bien es contrario al mal, entonces el mal es una privación o negación pura; esto significa que el mal verdaderamente es algo; de otra manera, no podríamos decir que el mal es lo contrario del bien puesto que es ausencia.

Como dice el estagirita, los contrarios no pueden basarse en un no-ser. El bien y el mal son géneros de las cosas y por lo tanto tienen una existencia. En efecto, estos otros filósofos aseguraban que el mal es una cosa real porque tiene la capacidad de actuar. Si hay mal en el mundo, entonces no puede decirse que el mal es ausencia: todo lo contrario, el mal existe y es real.

El mal como privación

Santo Tomás de Aquino coincide con San Agustín de Hipona de que el mal es una privación. En efecto, para que el mal exista este debe sustentarse en el bien porque el bien otorga la existencia. Por lo tanto, aquello que es malo es malo porque tiene una especie de privación de la perfección.  

En este sentido, podríamos decir que el mismo mal procede del bien ya que el bien tendría la esencia de la existencia de todas las cosas; por lo tanto, el mal depende del bien para existir. 

La felicidad

La felicidad para Santo Tomás de Aquino es un fin y no un medio, por lo tanto, todas la cosas que sean un medio para el hombre, no corresponden a la felicidad.

Es imposible que la felicidad del hombre se concrete a través de lo corporal. A estas ''felicidades'' corporales se les llaman sexo y comida. De hecho, el sexo no es un fin en sí mismo, así como tampoco lo es la comida. El coito es para procrear y la comida para la preservación del cuerpo. Cualquier exceso o disminución del justo medio de estos placeres derivará en la infelicidad. Por lo tanto, la felicidad no está en ninguno de ellos. 

La felicidad tampoco se encontrará en los honores o en la posesión del poder del mundo. Tampoco está en las virtudes morales como bien se podría pensar en el hombre. Para Santo Tomás de Aquino la moral se define de la siguiente manera:

''A través de ella, el medio es preservado en las pasiones internas y en consideración a las cosas externas''

Sin embargo, siendo la moral un medio para preservar otras cosas, entonces el bien moral no puede ser un fin. Sin embargo, tampoco se encuentra en la razón, a pesar de que esta nos ayuda a alcanzar ciertos fines, pero justamente por esto es que no es la felicidad ya que sería otro medio para alcanzar un fin. 

Finalmente, Santo Tomás de Aquino nos dice que de hecho, el fin último como lo es la felicidad no se encuentra en este mundo: se encuentra con Dios. Todo lo de este mundo es un medio para encontrar a Dios en la otra vida. 

Participación en Dios

Por lo dicho anteriormente se puede argumentar que no se puede tener participación en Dios, pero esto puede no ser preciso. Recordemos las historias de la biblia donde algunos profetas podían ver la revelación de Dios a través de los ángeles y otras visiones. Aquellos que contemplan la verdad de todas las cosas, entonces aquellos serán felices.

Al mismo tiempo, Dios gobierna a todos los seres sean generales o particulares. En este sentido, como la causa de todos los seres es Dios, entonces Dios estará en todos ellos. 

Esto no es solo una descripción de qué es la felicidad, sino que podríamos decir que también es una ley. Dios no solo manda a amarlo a él sino que también al prójimo lo que implica que, todos aquellos que tengan el mismo fin deben amarse entre ellos. En este respecto, el hombre está obligado a tener la fe, no hay ninguna justificación para que no siga la fe. 

Matrimonio

El sexo como un acto simple es castigado por Dios porque es considerado pecado. El matrimonio, en cambio, es un acto natural del hombre con la mujer. En efecto, el hombre que tiene sexo desperdicia el semen que se supone es orientado a concebir una criatura. Este acto superficial va contra la naturaleza, al contrario del matrimonio que obedece los preceptos naturales, es decir, para lo que el hombre está hecho. 

Sin embargo, la unión carnal por sí misma no es pecado. Por supuesto, estas son las inclinaciones que Dios puso en el hombre, por lo que llamarlas un ''mal'' no sería correcto. Si el fin del acto carnal es solo la satisfacción, entonces ahí sería pecado. 

Conclusión

En este texto (que es gigante), vemos las tres aristas contempladas por Santo Tomás de Aquino como el mal, la felicidad y la presencia. En efecto, todo esto está conectado en cuanto a que nos debemos alejar del mal para alcanzar la felicidad, pero que dicha felicidad solo está para quienes se acercan a Dios. Estas ideas prevalecerán en la Alta Edad Media para luego culminar poco a poco durante la historia. Sin embargo, estas no pueden rechazarse simplemente, al contrario, hay que acogerlas y pensarlas y repensarlas. 

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viernes, 19 de abril de 2019

Las Leyes Romanas (Parte II: La Ley de las XII Tablas).

La Ley de las XII Tablas fueron las primeras leyes escritas en Roma.
Fueron hechas en bronce y fueron escritas en latín

La Ley de las XII Tablas

En la entrada anterior habíamos estudiado el concepto de mores maiorum que correspondían a aquellas leyes basadas en la costumbre de los ancestros. Tendrían que pasar algunos años y algunas gestas políticas para que pudiéramos conocer la construcción de la conocida Ley de las XII Tablas que hablaremos a continuación. 

Orígen de las XII Tablas

Como ya sabemos, el mores maiorum era este conocimiento de los ancestros. Los únicos que sabían de estas reglas eran los patricios que utilizaban todas las ventajas de este acuerdo tácito sin escritura. Los tribunos de la plebe comenzaron a exigir más claridad con respecto a estas costumbres de derecho, pero los patricios se resistían. La plebe amenazó con dejar la ciudad de Roma lo que significaría una pérdida tremenda, ya que ellos eran la fuerza laboral del territorio. Los patricios finalmente accederían a dichas peticiones.

Alrededor del año 450 a. C., el decenvirato (magistratura extraordinaria que dispone del poder consular) redactó una nueva ley compuesta de 10 tablas. Se dice que estas tablas fueron inspiradas por la Constitución de Solón de Grecia, pero muchas fuentes descartan esto. 

En el año 449 a. C., el segundo decenvirato completó los últimos dos códigos y es ahí cuando se promulga la Ley de las XII Tablas.

Las leyes en las XII Tablas

Contenido de la Ley de las XII Tablas

Aquí dejamos el título de cada tabla que fue diseñada:

  1. Procedimiento: cortes y juicios
  2. Juicios continuados y robo
  3. Deudas
  4. Derechos del pater sobre la familia
  5. Leyes de tutela y herencia
  6. Adquisición y posesión
  7. Derechos de tierras y crímenes
  8. Agravios y delitos
  9. Ley pública
  10. Ley sacra
  11. Suplemento I: matrimonios
  12. Suplemento II: leyes


Todos estos títulos pueden verse expresados por el concepto de lex (ley en latín), que está dividido en dos:

  • Lex pública: todo lo relacionado con la res pública (Cosa pública o, en términos actuales, República).
  • Lex privata: todo lo relacionado con particulares. 

La lex pública se formaliza mediante el concepto de rogatio que emana del magistrado al populus reunido en los conocidos comicios. La lex sería un acto del magistrado como propuesta a los tribunos de la plebe aunque su consentimiento o aprobación no es indispensable. 

Por otro lado, aparte de las leges publicae tenemos también los plebiscita (plebiscitos) que son emanados del pueblo mismo; sin embargo, estos con el tiempo se mezclaron con las leyes públicas.

Lex y Ius

Perfectamente podríamos preguntarnos cuál es la diferencia entre lex y ius. Si atendemos a la etimología veremos que ''lex'' significa ley y ''ius'' significa derecho, pero estas tienen sus diferencias donde el ius puede ser afectada por la lex. 

El ius lo elaboran los juristas para determinar las conductas correctas o justas y las conductas incorrectas e injustas. En cambio, lex es un acto de potestad que proviene de un mandato imperativo el cual debe ser obedecido por los ciudadanos. En este sentido, la lex es dictada por un magistrado y acatada por los comicios. 

Clasificación de las leyes

De acuerdo con Ulpiano (jurista del siglo IV d. C.), las leyes se puede clasificar de tres formas:

  1. Perfectas (perfectae): impone nulidad del acto prohibido
  2. Menos que perfectas (minus quam perfectae): pena o multa que no requería nulidad
  3. Imperfectas (imperfectae): no imponían sanción alguna

Cabe destacar que estas eran leyes públicas que no podían afectar a las leyes privadas. Por lo tanto, el magistrado no podía elaborar leyes que afectaran a un particular. No obstante, más tarde se crearía lo que se llamó privilegium para aquellas personas que necesitaban protección en contra de los acreedores de una herencia. Por ejemplo, una persona podía acudir al príncipe o a un magistrado cuando veía peligrar su herencia a causa de herederos con malas intenciones. 

Posteriormente al privilegium, un nuevo ius fue creado para proteger a estas personas: el ius singulare que era contrario al ius commune. No obstante, con el tiempo el ius singulare fue desechado, incorporando sus características al ius commune sobre todo en los comienzos de la Edad Media; y por lo tanto, en el corpus iuris civilis.

Laicización de las leyes

Con la promulgación de la lex Aebutia en el año 130 a. C., la creación de las leyes ya no queda a manos de los conocedores pontífices, sino que más bien de los conocedores del ius: los jurisprudentes. 

Conclusión

Parece ser que las leyes romanas comienzan a ser un poco más lógicas y ordenadas que las leyes griegas. Es increíble ver que estas leyes nacieron del clamor del pueblo para que los patricios dieran a conocer ese conocimiento privilegiado solo por algunos. La creación de las XII Tablas marcó un hito en la historia romana tal como lo recordaría Marco Tulio Cicerón, quien decía que estas eran aprendidas de memoria por los niños en las escuelas. Sigamos viendo las leyes romanas durante el desarrollo del Imperio Romano y después de otros personajes que las utilizaran como si fueran suyas...

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sábado, 13 de abril de 2019

Las Leyes Romanas (Parte I: Mores maiorum)



Las Leyes Romanas (Parte I: Mores maiorum)

En las entradas anteriores vimos el importante desarrollo de las leyes griegas por distintos autores, entre ellos filósofos, trágicos y sofistas. Es hora de que avancemos en el tiempo y veamos la importancia que tuvieron las leyes romanas, que incluso tienen vigencia hasta hoy. 

Mores maiorum

El concepto de ius

En los tiempos más remotos, ius se entendía como ''derecho'' en contraste a la palabra iniuria que significaba  ''tuerto'', pero eso no nos lleva al significado de ius como un acto eminentemente judicial. 

Primitivamente, el ius era considerado un acto de violencia que se representaban en dos tipos:

Vindicatio: apoderamiento de una cosa
Manus iniectio: apoderamiento de un deudor

Podríamos decir que vindicatio deriva de un derecho real (derecho sobre la cosa), mientras que manus iniectio es un derecho personal (derecho sobre una persona). Esto quiere decir que el derecho se concibió primero como una especie de acto de violencia pública. 

Más tarde, este conjunto de reglas pasará a llamarse ius civile o ius quiritium, más conocido como Derecho Quiritario, el cual solo aplicaba a los ciudadanos romanos, no a los extranjeros. 

La costumbre de los ancestros

El conjunto de reglas más antiguo de Roma podemos decir que es el mismísimo Mores Maiorum que significa ''la costumbre de los ancestros''. Estas eran las reglas de la comunidad arcaica de Roma, que también sobrevivieron al inicio de la República e incluso hasta el Imperio. 

Los jueces de aquella época se guiaban por antecedentes de casos anteriores para dictaminar sentencia. Por lo tanto, antes de proseguir un juicio los jueces debían preveer todo lo que vendría a continuación en base a los casos que tenían. En el mores maiorum nada era escrito, es decir, todo era de carácter verbal a partir de los ancestros que comunicaban su sabiduría a los más doctos. Este código se sustentaba en los siguientes principios:

Fides (fe): referida a la fe que se tenía a los dioses y a los ancestros romanos.
Pietas (piedad): piedad que profesaban los dioses tanto a la patria como a los ciudadanos. 
Religio (religión): la unión entre mortales y dioses que establecía una especie de moral. 
Dignitas (dignidad): el ideal del ciudadano romano de apoyar al Estado en diferentes magistraturas.
Auctoritas (autoridad): luego de tener dignitas, el ciudadano romano recibía prestigio y estima. 

Estos jueces que llevaban a cabo las enseñanzas del mores maiorum eran los conocidos pontífices, quienes eran miembros de un antiguo colegio sacerdotal que anunciaban las sentencias de manera oracular, es decir, por designio de los dioses. En pocas palabras, podríamos decir que los romanos tenían prácticamente leyes sostenidas por unos cuantos. 

Nuevas necesidades

Entre el pueblo romano comenzaron a surgir nuevas necesidades en el ámbito político. Los tribunos de la plebe exigían derechos para todos los ciudadanos como tal, y que estos no fueran solo conocimiento de los patricios (quienes conocían las leyes). En este sentido, la sabiduría jurídica (iuris prudentia) era exigida para ser mostrada desde otro tipo de medio: el escrito. 

¿Esto significaría el fin del mores maiorum? No, en efecto, la Ley de las XII tablas solo sería receptora de las costumbres del mores maiorum. El concepto de mores maiorum cambiará  a lo largo de los años, pero se mantendrá dentro de la palabra ''costumbre'', y formará las bases de las leyes romanas por algunos siglos más. La creación de la Ley de las XII Tablas fue realizada en el siglo V (450 a. C.).

Conclusión

En esta breve entrada he querido ver el concepto de mores maiorum que siempre nos es muy desconocido, debido a la poca evidencia que nos dejaron los hombres de aquellos tiempos. Es fascinante pensar que antes de que existiera el derecho como tal primero estaba ya instalado el concepto de costumbre. Me parece muy interesante también que los romanos hayan decidido tener una ley escrita, así como también lo decidieron los judíos. Recordemos a los fariseos y a los saduceos que discutían sobre la escritura de la Torá, la cual obviamente fue escrita debido al apoyo que recibieron los saduceos. 

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Entendimiento activo

Santo Tomás de Aquino decía que el entendimiento activo
era una luz que Dios encendía en el hombre. 

Entendimiento activo

Los filósofos que hemos visto últimamente se han referido al problema del entendimiento activo. ¿Qué es el entendimiento activo? en este blog, en las lecturas que dimos a Aristóteles, pudimos sacar algunas conclusiones y nociones de qué era el entendimiento activo. Hoy vamos a clarificar qué se entiende por entendimiento activo y entendimiento posible. 

Explicación

Aristóteles

El estagirita hace una distinción entre dos tipos de entendimiento:

  • Entendimiento potencial: tiene en potencia el ser todos los objetos
  • Entendimiento real: el que produce todos los objetos

¿Por qué dividir el entendimiento en dos? recordemos que Aristóteles solía dividir y categorizar tanto los seres como las cosas en dos conceptos: género y especie, lo que también equivaldría a potencia y acto. Para él, el entendimiento no carecería de esta división. 

Aristóteles nos dice además que el entendimiento real es inmortal y eterno. Es en este punto donde se plantea el problema que más tarde discutirán sus sucesores. Veamos algunos de ellos. 

Concepto de entendimiento posteriores a Aristóteles

Alejandro de Afrodisia


Uno de los más grandes comentaristas de Aristóteles postulaba la idea de que aquel entendimiento activo era el mismo Dios, siendo el entendimiento en potencia ese que pertenece al ser humano

Esto hace que una interrogante aún más grande sobresalga: ¿acaso el alma humana no es inmortal? En efecto, si el humano es parte del entendimiento posible y no del real (que lo tiene Dios), entonces no podremos hablar de la inmortalidad del alma. Esto plantea además que el alma del hombre solo estaría supeditada a los sentidos y no a la razón o la psiquis. 

Esta crítica la mantendrán Al Kindi, Al-Farabi, Avicena, Avempace y Maimónides. En todo caso, Avicena estaba de acuerdo en esta crítica solo en parte, ya que para el filósofo árabe, una vez que el hombre muere este se une al entendimiento activo de Dios, a través de la separación del alma con el cuerpo. 

Averroes

El filósofo musulmán Averroes viene a plantear otra solución al concepto. El entendimiento posible (material) estaba separado del alma humana, ya que este sería meramente una disposición del entendimiento activo (real). En este sentido, el hombre tendría como conocimiento una especie de especulación sobre las formas universales que son obstruidas por la materia, y el entendimiento posible. El hombre puede alcanzar la verdad partiendo desde la especulación hasta llegar a formas más abstractas. 

San Alberto Magno y Santo Tomás de Aquino

Estos dos hombres, maestro y alumno, reflexionan sobre las tesis de Alejandro de Afrodisias y de Averroes, criticándolas desde el punto de vista filosófico y cristiano. Por un lado, ambos filósofos dicen que tanto el entendimiento posible como el entendimiento activo están juntos. El entendimiento activo sería una especie de luz que Dios enciende en el ser humano para que este pueda comprender las cosas divinas. En tanto, el entendimiento posible será aquel que lo ayude a comprender las cosas de la naturaleza. 

Si el entendimiento activo fuera una sustancia separada, entonces el hombre no podría comprender las cosas divinas sino que más bien las comprendería la sustancia, lo cual se considera absurdo. El hombre puede comprender las cosas divinas y por lo tanto, el entendimiento activo está en él.

Conclusión

Cabe que este problema ya no es tema de discusión en los grandes debates filosóficos, de hecho, se considera uno de los problemas del aristotelismo que solo podría discutirse poniéndose en ese contexto y conociendo los libros del estagirita. El tema del entendimiento activo fue poco a poco quedándose atrás en la filosofía moderna, para posteriormente desaparecer entre los más sabios como concepto a plantear. Sin embargo, no por esto debemos descartar el conocimiento que nos entregan sobre el entendimiento porque ¿quién sabe? Algún filósofo puede impresionarnos poniendo nuevamente sobre la mesa estos temas de interés espiritual y filosófico, como ya tantos otros lo han hecho. 

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Abbagnano, N (1993). Diccionario de filosofía. Fondo de Cultura Económica. Ciudad de México: México.

domingo, 7 de abril de 2019

Santo Tomás de Aquino - Summa Contra Gentiles (Libro II: La creación) (1263)

En el libro precedente vimos las características de Dios. Ahora veremos cómo es que Dios creó el mundo y desde qué elementos lo construyó. Esta puede ser otra de las grandes preguntas que Santo Tomás de Aquino tendrá que enfrentar no solo con sus adversarios, sino que también contra sus correligionarios. Por supuesto ya hemos visto que el aquinate no tiene ningún resquemor o problema en hacerlo, pues este es un libro que, recordemos, va dirigido hacia los misioneros. Veamos que nos tiene en otra larga lectura el aquinate.

Referencias:

(1) Idea de Aristóteles en sus libros de física.

SUMMA CONTRA GENTILES


Libro II: La creación

Capítulo I: Filósofos y Teólogos


Pareciera ser que en la historia del conocimiento, los filósofos y teólogos se han diferenciado por sus explicaciones en cuanto al mundo. Sin embargo, esto no es tan así como se ve según Santo Tomás. Para el filósofo, ambos, el filósofo y el teólogo llegan a una verdad que es Dios. La diferencia es que el filósofo llega a Dios a través de las creaturas, mientras que el teólogo habla directamente de Dios. 

Capítulo II: Dios y su relación con las creaturas

Santo Tomás nos dejó claras las características de Dios en el libro precedente. Por lo tanto, Dios sería el ser más perfecto que pudiera existir en el mundo; y al ser así, entonces tenemos que debe ser el creador de todo aquello que son sus creaturas. De otro modo, no podría ser posible llamarlo Dios porque se estaría negando la omnipotencia. 

Sin embargo, hay una pregunta importante ¿cómo es que Dios puede tener relación con aquello que tiene accidentes? Dios por su omnipotencia puede conocer a todos los seres y tener una relación en cuanto uno es agente y el otro paciente. Todos los seres creados por Dios pertenecen a él por participación y no por substanciación. 

Capítulo III: El movimiento de Dios y su creación de la nada

Con todo el poder que tiene, podríamos decir perfectamente que Dios creó los seres de la nada. El movimiento no es exactamente una característica de Dios ya que él es infinito y abarca todos los seres. Esto demuestra que Dios no puede hacer las cosas desde la materia, pues toda criatura que necesite crear algo, tendrá que hacerlo de materia preexistente; dicha materia preexistente tendrá que buscarla y encontrarla para crear. Ese no es el caso de Dios quien no se mueve y que creó todos los seres desde la nada. A eso también debe añadirse el tiempo, es decir, quien ''cree'' algo va a tener que hacerlo sometido al tiempo. Dios no está sometido al tiempo, por lo tanto su creación fue de la nada. 

Capítulo IV: ¿Es eterno el mundo?

Antes de contestar esta pregunta debemos establecer las acciones del agente:

Movimiento por sí mismo: como cuando el fuego se mueve para todas direcciones. 

Movimiento por accidente: cuando el animal es incentivado a moverse porque despertó o por que vio algo de comida. 

Ninguno de estos movimientos pertenece a Dios ya que Dios es eterno, es decir, siempre ha estado ahí. Si fuera por sí mismo, entonces se tendría que poner en potencia lo cual es ridículo, ya que Dios siempre estaría en acto. 

Ahora, de la opinión común de todos los filósofos se dice que nada puede venir de lo que no es. Por lo tanto, todo debe provenir de algo y ese algo de todo algo, pero no sería posible que esto fuera ad infinitum porque si fuera así, entonces ninguna generación de alguna cosa daría lugar(1). Por eso, si decimos que las cosas vienen a la existencia por un movimiento ya sea en sí mismo o de movimiento de un agente, entonces este debe ser realizado por un agente que no es eterno. Como estos agentes que crean no pueden ser eternos, entonces se establece que necesitan tener un principio creador; ese principio es Dios. 


Capítulo V: Substancias intelectuales

Por supuesto, Dios ha creado seres superiores e inferiores. Quienes más se acerquen al ser superior son los que tienen más inteligencia; por lo tanto, el ser humano está más cerca de su creador por tener la inteligencia. Esto deja en entredicho que los cuerpos no pueden formar parte de los seres superiores, al contrario, es la sustancia de estos cuerpos la que más se acerca a ellos. Así, lo que realmente importa de los ángeles y de los cuerpos celestes son sus substancias. En efecto, el ser humano se imagina a los ángeles con cuerpos, pero esto no sería más que una representación; en realidad son substancias. 


Capítulo VI: Diferencias con Platón

Para Platón, el hombre era una unión de alma con cuerpo, pero no mezclados o fundidos, es decir, el hombre no era una mezcla de alma o cuerpo, sino que más bien era cuerpo por un lado y alma por el otro. Un ejemplo sería que el hombre es como el capitán de un barco y el barco es el cuerpo; así, el barco no se podrá mover si el capitán no lo pone en movimiento. 

Sin embargo, Santo Tomás no está de acuerdo con lo dicho por Platón, primeramente porque Santo Tomás adhiere a la idea de Aristóteles de que el alma está unida con el cuerpo. De ahí que podamos sentir los estímulos del mundo exterior y nuestra alma responda a ellos. En este sentido, el alma sensitiva descrita por Platón, sería lo mismo que el cuerpo animado que responde a un estímulo.

De hecho, recordemos que Platón decía que el ser humano estaba compuesto de tres almas: sensitiva, nutritiva e intelectiva. No obstante, de aquí ya no podríamos determinar un ser sino que tres. Por lo tanto, lo sensitivo, lo nutritivo y lo intelectivo no serían almas, sino que más bien funciones del alma

Finalmente, siguiendo con las enseñanzas de Aristóteles, Santo Tomás nos dice que el alma y el cuerpo son uno solo; no son separables de ninguna forma. 

Capítulo VII: Diferencias con Averroes

Otra diferencia que sostiene Santo Tomás de Aquino es con referencia al intelecto. El filósofo árabe decía que el intelecto agente y el intelecto posible eran dos intelectos separados. Bueno, el único que el hombre podía tener era este intelecto posible, mientras que el intelecto agente estaba separado de él. Santo Tomás no está de acuerdo con la visión de Averroes diciendo que en vez de que estén separados, en realidad hay una unidad. De hecho, para el estagirita, el intelecto posible y el intelecto agente están junto en la misma alma. 

Esto se funda en Santo Tomás debido a que ambos tienen similares características, es decir, hay cosas que el intelecto posible es capaz de captar y otras que no es capaz al igual que el intelecto agente.Si existiese un intelecto agente aparte, entonces tendríamos otro ser que nos confiere el intelecto agente y eso no es posible. Por lo tanto, tanto el intelecto agente como el posible están en el hombre.

Capítulo VIII: La creación del alma

Mucho se dice que si Dios creó las almas, entonces el alma del hombre está hecho de la sustancia de Dios. Sin embargo, esto es negado por Santo Tomás de Aquino, pues de ser así tendríamos las mismas características de Dios lo cual es imposible. Otros dicen que podría ser el semen la causa del alma, pero de ser así el alma dependería de un cuerpo lo cual es absurdo. Los cuerpos vienen de otros cuerpos pero el alma debe venir de otra parte. 

El alma no se crea por sí misma ni tampoco se crea por accidente. Por lo tanto, el único creador que nos quedaría es Dios. En otras palabras, la creación de Dios hace posible que el alma exista. Así como un escultor crea una estatua que no viene de él, Dios crea las almas que no son hechas de su sustancia. 

Finalmente, tenemos que tanto el mundo como el alma fueron creados desde la acción de Dios y no de su propia substancia. 

Conclusión

Santo Tomás de Aquino hace un análisis de la creación desde todo los postulados anteriores, pero no solo desde la creación en sí sino que también de las cosas creadas. Vemos que en este punto de la Summa Contra Gentiles nos presenta la introducción y la crítica del aquinate frente a todos los demás planteamientos, sobre todo en el momento de criticar a Averroes y con él a todo el espectro árabe que sostenía que el mundo era tan eterno como Dios (a excepción de Al-Ghazali). Seguimos con la Summa Contra Gentiles (aún falta mucho).
















sábado, 6 de abril de 2019

La Ley en la Antigua Grecia


La Ley en la Antigua Grecia

El concepto de ley para los griegos realmente es muy diverso. Sin embargo, si en algo estaban de acuerdo es que este concepto era algo superior incluso al hombre. Por otro lado, podríamos pensar que este concepto lo encontramos con Homero, pero la verdad es que es a partir del filósofo Heráclito que podemos reconocer un concepto ley.

Básicamente, la discusión sobre la ley en la antigua Grecia era el planteamiento de descubrir, o de establecer, si existía una ley natural formada por Dios, o en realidad solo existe la ley de hombre que es convención y arreglo de todo lo natural.

Concepto

Nomos

La palabra ley en griego se dice ''nomos'' (νόμος) y en algún tiempo representaba a una divinidad que había tomado como esposa a Eusebia (Diosa de la piedad) con la que tuvieron una hija llamada Dike (justicia).

Este concepto no solo se ve en su dimensión formal y estricta que todos conocemos, sino que también se puede ver en el ámbito de la poesía. De hecho, el ''nomos'' era considerado el concepto que estaba en contra de la arbitrariedad, arbitrariedad que podía ejercer alguien con absoluto poder como un tirano. 

Los sofistas y el concepto de ley

Antifonte de Atenas

Son quizás los sofistas aquellos que discutieron el concepto de ley enfrentándolo con la naturaleza; es decir, enfrentar las leyes humanas con las leyes de la naturaleza. Los sofistas optaban por respaldar las leyes de la naturaleza, ya que estas estaban formadas primero que el hombre. Un ejemplo de esto lo da Antifonte de Atenas.

Su pensamiento era bastante básico, pues declaraba que todo lo que pertenecía a la naturaleza era real, mientras que todo lo humano (leyes, cultura, tradiciones, etc) era falso. 

Naturaleza: Verdad
Humanidad: Falso

El hombre debe aspirar a la naturaleza porque es superior a él. Todo lo que es contrario a la naturaleza está mal y el mundo humano tiene mucho de éste mal. 

Así se podría justificar el planteamiento de Antifonte donde la naturaleza es un fin inmóvil y eterno, mientras que las costumbres humanas son mudables y mortales. 

Critias, otro sofista de la antigua Grecia, estaba de acuerdo con Antifonte de Atenas. 

Trasímaco


La primera aparición de Trasímaco fue en el libro ''La República'' de Platón donde discutía con Sócrates sobre la naturaleza de la justicia. 

Pensamiento

La idea de Trasímaco obedece en parte a las leyes de la naturaleza, pues en ella el más fuerte es el más justo; por lo tanto, en la ciudad es justo que el gobernante gobierne a su conveniencia. Por otro lado, las personas justas que obedecen a estos gobernantes serán siempre sometidos al poder. 

En el primer libro de La República, Trasímaco desafía a Sócrates a discutir sobre la justicia y quien gane se llevará el dinero del otro. La discusión comienza con la cita de Trasímaco:

''Lo justo es lo que conviene al más fuerte''

Ninguna otra teoría es ha podido rescatar de Trasímaco, salvo esta conversación y participación en el texto de Platón.

Refutación


La primera defensa de Sócrates es preguntar si los gobernantes son infalibles o bien cometen errores. Si cometen errores, entonces cuando promulguen una ley lo harán en contra de sus intereses. Y como ningún ser humano es infalible, si el gobernante promulga mal una ley lo hará en contra de sus intereses y no a favor. 

Respuesta de Trasímaco:

El argumento entregado por Sócrates no asusta a Trasímaco, ya que éste último dice que un buen gobernante no puede engañarse a sí mismo. Nadie puede tener un título si se equivoca o se engaña a sí mismo en su propia profesión. 

El profesor que se engaña al enseñar no es profesor. 

Ahora es el turno de Sócrates de refutar lo dicho por Trasímaco. 

Respuesta de Sócrates:

El arte de las profesiones no se sirven a sí mismas, puesto que sería inútil que fuera así. La medicina sirve al enfermo y no a sí misma, así como las leyes sirven a los ciudadanos y no a sí mismas. Por lo tanto, el arte de gobernar se dirige a los ciudadanos y no a sí mismos. 

Respuesta de Trasímaco

El sofista le dice a Sócrates que sería muy ingenuo pensar que los gobernantes no piensan en sí mismos. El gobernado siempre debe hacer las cosas que el gobernante ordena, así como las ovejas obedecen al pastor para luego ser devoradas. Además, la injusticia es la que trae riquezas y beneficios. 

Respuesta de Sócrates:

Si bien lo dicho por Trasímaco es cierto, el buen gobernante tendrá que darles un sueldo o una recompensa a sus ciudadanos. El pastor va a tener que alimentar bien a sus ovejas para obtener la riqueza de ellos. Está bien, después los matará, pero el arte de gobernar del pastor tendrá que ser un buen arte si quiere que las ovejas puedan servirle de algo. 

En el apartado de este blog puse la idea de que en la biblia, el pueblo de Israel que había escapado de Egipto se quejaba de Moisés porque no tenían lo que en Egipto les habían dado, que era una alimentación basada en carne. Con Moisés sólo podían tomar una especie de líquido llamado mana que no los satisfacía. 

Así podemos pensar que el gobernante de Egipto necesita a sus esclavos fuertes y para eso necesita darles comida, es decir, necesita ser justo en principio. 

Respuesta de Trasímaco:

El rumbo de la conversación cambia radicalmente para discutir si la injusticia es preferible a la justicia. El hombre injusto se reportará con muchos más beneficios que el hombre justo, debidos a la ingenuidad del hombre justo. El hombre injusto sacará ventaja tanto del hombre justo como del injusto. 

Respuesta de Sócrates:

Sin embargo, Sócrates nos dice que el hombre injusto querrá sacar ventaja sólo del hombre justo, porque éste último es conocedor de las cosas buenas y obviamente, el hombre injusto (que es malo) no sacará ventaja de otro hombre injusto (que también es malo). Por otro lado, el hombre justo no sacará ventaja de otro hombre justo (porque es innecesario), pero tampoco sacará ventaja del hombre injusto (porque es malo). 

El hombre injusto saca ventaja del hombre justo.
El hombre justo no necesita sacar ventaja de nadie.

Por lo tanto, el hombre justo quedaría como sabio mientras el hombre injusto como ignorante. Además, ni siquiera los hombres injustos podrán ser amigos entre sí, pues los dos se estarán perjudicando mutuamente. En cambio los justos siempre trataran de hacer algo mejor entre ellos. 


Los filósofos y el concepto de ley

Platón 

La refutación al planteamiento de Antifonte fue muy fácil de rebatir para los verdaderos filósofos, pues se fijaba el siguiente pensamiento. 

En la naturaleza:


  • Es justo que unos sean superiores a otros.


En las leyes (cosas humanas):


  • Es injusto que unos sean superiores a otros.

Sin embargo, si esto es sostenible, entonces no podríamos vivir de la mejor manera. Si siguiéramos la naturaleza tendríamos que matarnos los unos a los otros para ser superiores y a la vez tendríamos que dejarnos avasallar por los más poderosos. 

Siguiendo con Platón, el filósofo creía firmemente que las leyes eran una convención del hombre. Plantea que la ley debe ser dirigida por un rey y en caso de que este no pueda ejercer, en imitación a la verdad lo hará un segundo grupo (partido). Por otro lado, Platón descarta la posibilidad de tener una ley natural y obedecerla como se hace con la ley humana:


''Ninguna naturaleza del hombre nace con bastante don como para saber, a la vez, lo que es más beneficioso para la vida humana en ciudad y, sabiéndolo, poder y querer siempre hacer lo que es mejor''
(Las Leyes)

No obstante, por otra parte tenemos a los trágicos como Esquilo, Eurípides y Sófocles que sí creían en esta ley natural. Una ley que ejerce una especie de estabilidad a la ciudad que, cuando vive tiempos difíciles, sucumbe ante los vicios sin tener respaldo de una ley superior ya que las leyes humanas van cambiando constantemente; las naturales en cambio no. 

Aristóteles

Este es quizás uno de los filósofos que habló más ampliamente de las leyes, añadiendo el concepto de moral en todas sus reflexiones. 

A continuación daremos las características del hombre justo e injusto de acuerdo con el estagirita.

Hombre injusto: 


  • Viola la ley
  • Codicia todo en exceso
  • No considera la igualdad

Hombre justo:

  • Respeta la ley
  • No tiene codicia
  • Sí considera a igualdad

Detengámonos más tiempo en el hombre injusto. Si éste codicia todo en exceso, lo que codiciará serán las cosas buenas pero no en términos absolutos. Además de eso, también codiciará la maldad pero de la manera más mínima posible. Sin embargo, consideremos que el mal menor es un tipo de bien con respecto de otra cosa, por lo tanto, el hombre injusto es absolutamente codicioso. 


Entonces, si el hombre justo es el que actúa conforme a la ley, entonces las leyes también son justas(1). Las leyes son las que proponen una organización política y social que haga que los ciudadanos preserven su felicidad. Por lo tanto, conviene al bien general de todos. 

La justicia comprende la virtud como un absoluto, es la práctica de la virtud en su perfección. Un individuo puede practicarla y ser virtuoso, pero mucho más virtuoso será si la práctica con los demás, puesto que es esto es lo más difícil de hacer.

Pueden existir dos tipos de justicia e injusticia; la universal y la particular. La primera es una justicia o injusticia tomada de un modo absoluto y la última es tomada de un modo parcial. 

Analicemos primero la injusticia. Un ejemplo de injusticia particular podría representarse en el adulterio. Si un hombre comete adulterio para ganar dinero, entonces éste es un codicioso; pero si un hombre paga por cometer adulterio, entonces éste es un licencioso, que no es necesariamente ser codicioso. 

¿Cuál de estas dos es injusticia absoluta y cuál particular? 

  • El hombre licencioso que paga el servicio del adulterio es injusto de manera particular porque si bien paga por un servicio, lo cual es bueno, comete el vicio del adulterio. Por lo tanto es una injusticia parcial.

  • El hombre codicioso que comete adulterio solamente por la ganancia de dinero es injusto de manera absoluta, pues no hay ningún bien que lo haga parcial.

Con respecto a la justicia universal, ésta corresponderá a lo que interesa al hombre de bien, mientras que la particular estará relacionada con el honor y los intereses materiales.

Justicia distributiva

Como lo injusto es considerado un extremo y es contrario a la igualdad, entonces diremos que la igualdad es su medianía. Por lo tanto, si la igualdad es una medianía también sería una virtud y como toda virtud finalmente sería lo justo. Como diría Aristóteles

''El principio de igualdad descansa en la virtud''

Esto queda de manifiesto cuando hay distribución de bienes y honores. Si los reparto son igualitarios entonces habrá justicia, de lo contrario habrá injusticia. De aquí se desprende que la igualdad y la justicia consisten en una especie de proporción.

La proporción

De acuerdo con Aristóteles, la proporción es una igualdad de razón que consta de cuatro términos, incluso en las matemáticas. Aristóteles compara las proporciones matemáticas a la vida práctica de las personas. Veamos cómo ocurre con las matemáticas:

Proporción discreta (o no continua): En este tipo de proporción existen cuatro números diferentes, pero que dan el mismo resultado.

Por ejemplo: 10 - 3 = 12 - 5 (A - B = C - D) el resultado de ambos es 7.

Proporción continua: En este tipo de proporción existen cuatro números, pero sus términos medios son iguales.

Por ejemplo: 6 - 5 = 5 - 4 (A - B = B - C) el resultado de ambos es 1.  


En efecto, el término medio que habla Aristóteles se parece mucho más a la proporción continua, pues es en esa donde se ven más representada el término medio (B) y sus extremos (A y C). 

Entonces, llamaremos justo y bueno a lo que es estrictamente proporcional, e injusto y malo a lo que es todo lo contrario de dicha proporción. 

Justicia correctiva

Este tipo de justicia no actúa de acuerdo a la proporción, es decir, es contraria a la justicia distributiva. Aquí no cuenta que se indulte al hombre bueno porque defraudó al malo, o que el hombre malo defrauda al bueno, o que los dos cometan adulterio. La justicia debe corregirlos por el delito que cometen y no por quienes sean. 

En este tipo de justicia no puede existir la proporción ni la igualdad, pues ¿cómo sería posible que el daño recibido y el delito cometido se distribuyan de manera igual? Al contrario, se hará de forma desigual porque no tienen las mismas proporciones. 

Sí habrá igualdad en el castigo que reciba correspondiendo al daño que hizo a la otra persona. 

Ganancia y pérdida

Los dos conceptos mencionados corresponden a quien hizo daño y quien lo recibió. La ganancia se da en quien hace el daño y la pérdida en quien lo recibe

Para corregir esto, el juez tendrá que identificar y aplicar el término medio entre la ganancia y la perdida. El que daña tiene una ganancia en cuanto a que le produce un bien, mientras quien recibe tiene una perdida y así se produce en él, el mal. 

Si el que daña tiene una ganancia, entonces habrá que quitársela y darle al que perdió dicha parte de la ganancia. 

La reciprocidad la entenderemos mucho mejor con la conocida ley del talión, es decir, ojo por ojo, diente por diente. Según Aristóteles, la reciprocidad no tiene nada que ver con la justicia distributiva ni con la justicia correctiva. 

De hecho, si un funcionario público golpea a otro, quien recibe el golpe no puede proceder a golpear al funcionario; no obstante, si el funcionario es golpeado por otra persona, dicha persona no solo recibirá un golpe, sino que además recibirá un castigo suplementario.  

La reciprocidad si se debe dar en una justa proporción, pues en una ciudad se debe dar a cada uno de los ciudadanos lo que se merece. 

Retribución e intercambio

Cada objeto de intercambio entre dos personas tiene que tener un precio o una taza. La obra del zapatero no vale lo mismo que la de un arquitecto; la de éste último es superior pues supone una estructura más grande. Entre zapatero y arquitecto pueden intercambiar sus obras puesto que son de distintos oficios, pero el intercambio entre dos oficios iguales no sería posible (entre dos médicos o dos zapateros por ejemplo).

Evidentemente, el dinero existe para que dicho intercambio pueda ocurrir porque es él el que hace que una cosa tenga precio. El dinero también mide las cosas para que puedan ser proporcionales al objeto que se está vendiendo o comprando; esto permitirá el contrato (o acuerdo) entre dos personas que tienen interés en un objeto (ya sea venderlo y el otro comprarlo). De aquí que  a esto se le llame reciprocidad. 


¿Cuándo y con qué agravio un hombre es injusto? el hombre injusto es el que acapara todas las cosas buenas para sí mismo sin pensar en los demás, en cambio, el hombre justo es el que da a los demás. 

Por supuesto, la justicia política es una especie de justicia civil donde el hombre que es justo se desvela por los demás, mientras que el hombre injusto se preocupa sólo por sí mismo.

En todo caso, la justicia política sólo puede ejercerse por quienes tienen el mando y además obedecen; por lo tanto, los niños no podrían ejercer justicia política. 


Dentro de la justicia política encontramos dos especies; la justicia natural y la justicia legal.

La justicia natural es un tipo de justicia inmutable que se aplica y se manifiesta más allá si a alguien le parece o no. Por ejemplo, el fuego se dirige hacia arriba y la tierra hacia abajo, estas cosas suceden más allá de si nos parecen o no. Mientras que por otro lado, la justicia legal consiste en hacer validas las acciones de una comunidad, por ejemplo, que se sacrifique una cabra y no dos ovejas; ésta acción es por el bien de la comunidad puesto que es una especie de tributo que hará bien a todos(2)

La diferencia entre las dos es que la justicia natural no está condicionada por los hombres y que la justicia legal sí está condicionada por ellos, ya que es un tipo de convención. 


El agravio o la obra en la justicia dependen de lo que es tanto voluntario como involuntario (o forzoso). Cuando el agravio es voluntario lo identificamos como injusticia, pero puede ocurrir que si el agravio no es voluntario haya injusticia de todos modos.  

Lo voluntario y lo involuntario

Lo voluntario se puede tomar de muchas formas:

  • Por elección: este tipo de voluntariedad se hace a través de la deliberación y la consulta.
  • Sin elección: no son cometidas por deliberación ni consulta.
De éstas dos se desprenden tres posibles daños que se pueden causar en las contrataciones (o relaciones sociales). 

  • Daño por ignorancia: cuando se obra sin saber contra quién, cómo, ni con qué fin en aquello que se hace.
  • Daño por cólera: cuando se hace con pleno conocimiento, pero sin premeditación ni maldad.
  • Daño por agravio: cuando se hace con pleno conocimiento y voluntad.

Al igual que Platón, Aristóteles nos dice que los daños provocados por la ira son involuntarios y que no proceden del individuo, sino más bien de algo externo a él. Los agravios hechos por ignorancia son dignos de misericordia. 

Voluntariedad e involuntariedad

Aristóteles comienza el capítulo con la siguiente frase dicha por Eurípides:

''He matado a mi madre, ¿voluntariamente y deseándolo ella o contra su voluntad y sin quererlo? ¿Es acaso posible ser víctima de una injusticia de modo voluntario, o por el contrario, es esto siempre forzoso, así como hacerlo es voluntario? Y entonces, ¿padecer la injusticia, tal como cometerla, es siempre voluntario, o unas veces es voluntario y forzoso otras veces?'' 

Obrar justamente, según la línea aristotélica, es siempre un acto voluntario. Por otro lado, recibir agravios o buenas obras resulta ser o voluntario o forzoso, tal y como lo vimos en el capítulo anterior .

La equidad

Existen algunas confusiones con el término equidad, pues muchas veces se vincula a la equidad con el bien y por lo tanto con lo justo. 

Siempre que hablamos en términos generales decimos que algo es bueno, pero para especificar más, decimos que las cosas son mejores cuando son equitativas. Sin embargo, esto no quiere decir que la equidad sea menos que la justicia, pues el hombre que es equitativo es igualmente justo. La diferencia podría radicar en que la equidad es un tipo de rectificación de la justicia. 

Podríamos decir que las leyes se ocupan mejor de las cosas generales y la equidad se ocupa mejor en las cosas concretas o específicas. 

Lo que la ley no prescribe no lo permite, lo prohíbe. Y como no dice nada sobre darse muerte a uno mismo, entonces entenderemos que está prohibido hacerlo. 

El suicidio

Para Aristóteles es imposible que uno pueda cometer injusticia a uno mismo. De hecho, al igual que Platón en Gorgias, el filósofo considera que cometer injusticia es peor que padecerla; por lo tanto, recibir daño de uno mismo es peor que cometer daño contra uno mismo, pues el recibir daño es un mal menor y por consiguiente, un bien.  

Sin duda que el suicidio es malo, pero si no es malo contra uno mismo ¿con respecto a qué es malo? Aristóteles nos dice que contra la ciudad. 

Los trágicos y el concepto de leyes

Sófocles

Una de las obras claves para hablar de leyes es la conocida ''Antígona'' de Sófocles. Recordemos que esta historia se trata sobre el hermano de Antígona que fue asesinado en el asedio contra Tebas. El rey de la ciudad, Creonte, impone una prohibición para velar el cuerpo de su hermano muerto en el asedio. Antígona fue informada de que el cuerpo de su hermano ya fue enterrado, pero ninguno de los guardias supo quién lo enterró ni cuando. Antígona exige ver el cuerpo de su hermano pero el rey se lo sigue impidiendo.

En esta obra se enfrentan dos conceptos que es la eficiencia del Estado en cuanto al criterio de la ciudad y la ley natural que todo lo sabe. En otras palabras, existe una división de las leyes; unas para los vivos y otras para los muertos. 

Esquilo

Para Esquilo también hay claro una diferenciación entre la ley de los hombres y la ley natural. Si el juicio de los hombres puede llegar a ser erróneo, mucho más lo será el de una gran sociedad que no sabe gobernar. De ahí tendrá que surgir el juicio de vino que ponga orden a la discordia entre ciudadanos. 

Eurípides

En este caso, el más escueto de los trágicos es Eurípides al pronunciarse sobre las leyes en ''Las suplicantes'', donde reconoce el valor de la ley escrita diciendo lo siguiente:

''Cuando las leyes son escritas, el pobre y el rico gozan del mismo derecho''
(Las Suplicantes)

A pesar de no ser cercanos estrictamente a las leyes, podemos ver que, indirectamente, los trágicos tenían su propia opinión de ellas (aunque quizás solo la mencionaban sin necesariamente adherir a ellas). 

Los helenos y su concepto de ley

Estoicos

Para los estoicos, la ley de la naturaleza sí se encuentra en el ser humano pero en la forma de la racionalidad. En otras palabras, el raciocinio era la ley natural que el hombre debía seguir porque, en efecto, esta fue dada por naturaleza y no por convención.

Cínicos

También reconocían una ley de la naturaleza superior al hombre. Sin embargo, la práctica la llevaron hasta el paroxismo despojándose de todo lo que tenían y alejándose de la política y las costumbres de la ciudad. Literalmente, los cínicos seguían sus propias reglas de vida que de acuerdo con ellos, eran las correctas por que seguían las inclinaciones de la naturaleza. 

Conclusión

Es interesante ver como de todas las posturas el concepto de ley está presente en cada uno de los filósofos griegos. Me impresiona el caso de Antígona por tener tanta actualidad por el tema de los Derechos Humanos. En efecto, en mi país se mató y se hizo desaparecer bajo una dictadura infame. Es increíble que aún cuando esos casos ya hayan ocurrido (hace más de 2000 años), también sigan ocurriendo en nuestros tiempos, sobre todo en el siglo XX que no estuvo exento de dictaduras sanguinarias. La ley seguirá jugando un rol importante en la ciudad ya sea considerándola natural o humana. 



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