Una de las relecciones más importantes en la obra de Francisco de Vitoria es la que sintetizaremos a continuación en este blog. Para Vitoria, defensor del derecho natural, la Iglesia es una institución clave en la sociedad que él vivía. Una voz de autoridad que incluso podría obligar a las personas más allá de su consentimiento, como lo vimos en la obra ''De Matrimonio'' del mismo autor. Veremos aquí un estudio acucioso de lo que es la iglesia y sus componentes.
De Potestae Ecclesia
Cuestíón I: Concepto de iglesia
En primer lugar, Francisco de Vitoria nos dice que Iglesia es un vocablo griego que significa concilio, reunión, congregación. Este nombre no se ha latinizado ni siquiera antes de la Redención, es decir, antes del cristianismo como religión oficial del imperio. Sin embargo, muchos padres latinos usaron el término como Tertuliano, Lactancio, Jerónimo o san Cipriano. En cuanto a un sinónimo de iglesia podemos encontrar la palabra ''Sinagoga'', pues esta también significa ''congregación''. Los Setenta, nombre con que se llamaba a los 72 sabios judíos que tradujeron la biblia griega, llamaban sinagoga a todo aquello que denominaban congregación.
Por ejemplo:
Génesis 1:10: ''A la congregación de las aguas llamó mar''
Traducción: ''A la sinagoga de las aguas llamó mar''
Sin embargo, de acuerdo al Venerable Beda, citado por Vitoria, Iglesia y Sinagoga, si bien son palabras de origen griego, una significa convocación y la segunda significa congregación respectivamente.
De acuerdo con el Venerable, convocar y congregar tiene la misma diferencia que ''llevar guiando'' y ''llevar arrastrando'' respectivamente. Esta proposición incluso es apoyada por San Agustín de Hipona quien dice que convocar es más propio de las criaturas racionales.
Por otro lado, de acuerdo con el mismo Vitoria, la palabra Iglesia no es propia del cristianismo, sino que también tiene su propia naturaleza. Es así, que Iglesia puede referirse a la reunión de fieles y por lo tanto, los herejes quedan fuera.
Cuestión II: ¿Hay en la iglesia alguna otra dignidad o autoridad eclesiástica distinta de la civil?
La palabra ''Potestad''
¿A qué llamamos potestad? a las siguientes palabras: magistratura, sacerdocio y a toda clase de mandos. La potestad no solo necesita potencia para actuar sino que también cierta autoridad como lo diría Santo Tomás de Aquino.
Por lo tanto, para Vitoria hay una conclusión definitiva que pretende demostrar:
''Es menester en la iglesia, aparte de la potestad laica y espiritual, una espiritual''
En efecto, no solo puede existir una potestad civil o terrenal que es necesaria para el ordenamiento social, sino que también debe existir una potestad espiritual dirigida por la iglesia. Si la iglesia tiene la llave para el reino de los cielos, entonces ciertamente tiene una potestad espiritual.
Sin embargo, no es posible que un gobernante, quien quiera que este sea, pueda tener las dos potestades: la civil y la espiritual. Es imposible que pueda dedicarse a la administración de las dos y por eso ésta debe dividirse y ser administrada por funcionarios diferentes.
A pesar de esta diferencia, la potestad espiritual siempre será superior que la potestad civil. Es así como dice la misma biblia:
''Toda alma está sujeta a las potestades superiores''
Lo que significa que son todos incluyendo a los más altos funcionarios civiles. De hecho, el sometimiento y obediencia a la autoridad civil no significa que el hombre esté salvado totalmente, pues también necesitará salvar su alma: eso solamente puede hacerlo la potestad espiritual.
Cuestión III: Si produce la potestad eclesiástica algún efecto propia y verdaderamente espiritual
Potestad espiritual
Para contestar esta cuestión Vitoria propone dos proposiciones:
''La potestad civil no conduce a la felicidad como sí lo hace la potestad espiritual (o eclesiástica)''
''La potestad eclesiástica es verdadera causa de algún efecto espiritual''
De aquí surgen al menos tres potestades:
- Potestad de la Iglesia: básicamente el poder que tiene la iglesia
- Potestad de orden: administrar todos los sacramentos
- Potestad de jurisdicción: gobierno extrasacramental, por ejemplo, consagrar leyes eclesiásticas, derogarlas o excomulgar
- La penitencia
- Las llaves de la Iglesia
- El que tiene un pecado mortal no consigue el perdón de los pecados, así, las llaves no conceden el perdón de los pecados
- Cuando una persona se acerca al sacramento de la penitencia después de haber hecho contrición, recibe verdaderamente el sacramento.
- ¿Qué dolor de la penitencia es suficiente para adquirir la gracia? Si es un dolor suficiente, entonces perfectamente el dolor de la contrición es necesario. Sin embargo, si es un dolor cualquiera, entonces el solo temor a la penitencia ya sería dolor suficiente
- Las llaves tienen más poder para perdonar pecados que para retenerlos.
- Tanto el doctor sutil (Juan Duns Escoto) como Cayetano y Santo Tomá de Aquino dicen que los sacramentos son el medio para recibir la gracia. El sacramento de la penitencia puede resucitar muertos
- La sola contrición no es suficiente, pues esta contrición de los pecados puede ser solamente por mera conveniencia, y no por ofender a Dios. Por ejemplo, alguien puede estar arrepentido de lo que hizo a causa de que irá al infierno y no necesariamente porque ofendió a Dios
- El dolor dependerá de cuan arrepentido esté. Si es que en verdad está arrepentido, entonces él o ella verá hasta cuando dura el dolor.
- Retener es justamente no perdonar, no declarar que no han sido perdonados
Por supuesto, la autoridad espiritual o la potestad espiritual es la superior de todas, no hay duda. Esto se deduce porque el papa es un señor temporal porque justamente, no son dueños de las propiedades ni del mundo en sí. Por lo demás, las escrituras tampoco dicen nada sobre tener el dominio. En consecuencia, el papa no puede deponer a un rey o a un príncipe.
Es claro entonces que la potestad espiritual del papa no es temporal, pues la potestad espiritual trasciende aquella que sea temporal (o civil).
Sin embargo, es preciso decir que la potestad civil no tiene origen en la potestad espiritual. Por cierto, si la potestad espiritual no existiera, algún poder o potestad temporal estaría rigiendo en una sociedad, sin la aparente necesidad de una potestad espiritual.
¿Qué ocurre entonces con la intervención del papa en asuntos civiles? cuando la potestad civil no sea capaz de controlar una determinada situación, entonces será la potestad espiritual la que deberá encargarse del problema. Sin embargo, si hay algún resquicio de autoridad del príncipe, entonces el papa no podrá ejercer su potestad espiritual.
¿Cristo tenía el poder temporal?
Tenía poder ciertamente, pero no lo ejerció. La potestad era distinta. Esto lo podemos ver en un versículo del Nuevo Testamento.
''No envió Dios a su hijo al mundo para juzgar al mundo, sino para que el mundo se salvase por él''
(Juan 3:17)
En consecuencia, Cristo no tenía intenciones de ejercer la potestad temporal sino que ejercer su potestad espiritual.
Cuestión VII: Si los clérigos están exentos de la potestad civil
En primer lugar, se dice que los clérigos están exentos de la potestad civil y en consecuencia, no pueden ser juzgados ni criminal ni civilmente.
Los que están a favor del argumento, incluyendo a Vitoria, lo respaldan basándose en el siguiente acontecimiento bíblico.
''¿De quién cobran tributo los reyes de la tierra, de sus hijo o de los ajenos?''
(Mateo 17:25)
A esta pregunta hecha por Jesús a Pablo, Pablo responde que a sus ajenos. A esto se entiende que los hijos de Dios están exentos de la potestad civil. A hijos de Dios se entiende a todos aquellos creyentes seguidores de Cristo.
En todo caso, los clérigos no son exentos de la potestad civil por derecho divino, sino que más bien por privilegio de los príncipes. Y, por otro lado, los príncipes no tienen potestad espiritual y la potestad espiritual de los clérigos, no tiene jurisdicción en los temas civiles. Sin embargo, hay ocasiones en que la potestad civil puede elegir obispos y los sacerdocios eclesiásticos, pero esto es solo por indulgencia de la iglesia.
No obstante todo lo anterior, los clérigos nunca estarán exentos de obedecer las leyes civiles. En efecto, además de ser ministros de la iglesia, estos no pueden olvidar que son ciudadanos.
Cuestión VIII: ¿En quién reside la potestad eclesiástica?
Fácilmente se responde a esta pregunta diciendo que la potestad eclesiástica se encuentra en la iglesia de modo universal, así como la potestad civil se encuentra en la República toda.
Esta potestad yacía primeramente en Cristo, pero luego se le otorgó a los apóstoles, por lo que el origen de esta potestad eclesiástica nace del mismo Jesús.
Cuestión IX: La potestad eclesiástica está en todos los cristianos
De acuerdo con Vitoria, la respuesta a esta cuestión es clara pero existían filósofos que no estaban de acuerdo en absoluto con esta afirmación. Es así que Martín Lutero decía:
''Que el niño y la mujer y cualquier cristiano pueden absolver los pecados''
Sin embargo, Vitoria se opone a esto citando la misma biblia en Efesios
''A unos Dios hizo apóstoles, a otros profetas, a otros evangelistas, a otros pastores y doctores para la consumación de los santos en la obra del ministerio para la edificación del cuerpo de Cristo''
Esto prueba que los cristianos no son todos iguales en cuanto a la potestad eclesiástica. Por lo demás, de acuerdo con las Cartas a los Corintios, a las mujeres no les corresponde hablar sino que más bien escuchar... ...es muy indecente que la mujer hable en la Iglesia (1 Corintios 14). Con respecto a más consideraciones a la mujer puede leerse la Carta a Timoteo, donde se establecen más prohibiciones a la mujer.
En conclusión, todos los sucesores de Cristo, incluyendo también a los sacerdotes, abades, obispos y otros servidores de la iglesia, heredaron la potestad eclesiástica.
Conclusión
Podemos ver las profundas convicciones católicas de Francisco de Vitoria. Llama la atención el gran poder que tiene la iglesia en cuanto a las cuestiones espirituales, pero no solo en lo espiritual pues como se verá más adelante en la historia, la Iglesia será una influencia enorme en la política de los países. No es algo a ignorar el poder de la iglesia en el Renacimiento, pero también hay que observar la resistencia que se generará a esta potestad.
Potestad eclesiástica, el tribunal de la Haya...Justicia siempre...
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