Continuamos con el examen de las virtudes éticas pero esta vez nos enfocaremos en el concepto de justicia e injusticia. Numerosas con las menciones de Platón sobre la justicia y además en diferentes libros. En este libro veremos algunas referencias al álgebra, una de las materias más estudiada por los filósofos (quizás antes de ser filósofos incluso). En efecto, la justicia debe ser lo más perfecta posible y qué más perfecto que las matemáticas para hacerlo. Puede ser que esta sea una de las virtudes más difíciles de alcanzar ¿cómo podemos ser totalmente justos? ¿cómo podemos ser justos con nosotros mismos y además ser justos con los demás? Son interrogantes dificilisimas de responder, pero veamos si el gran Aristóteles puede responder o darnos un acercamiento a dichas interrogantes.
Definiciones:
(1) Para Aristóteles, todo lo que esté conforme a la ley es justo. No hay críticas a las leyes.
Referencias:
(1) También puede extrapolarse a lo que hoy se entiende como impuestos.
Definiciones:
(1) Para Aristóteles, todo lo que esté conforme a la ley es justo. No hay críticas a las leyes.
Referencias:
(1) También puede extrapolarse a lo que hoy se entiende como impuestos.
Ética a Nicómaco
LIBRO QUINTO: EXAMEN DE LAS VIRTUDES ÉTICAS (CONTINUACIÓN)
Capítulo I: Naturaleza de la justicia y la injusticia
Capítulo I: Naturaleza de la justicia y la injusticia
Primero que todo, Aristóteles nos presentará lo que se entiende por justicia y cómo es el hombre justo. Veamos como la define.
''Vemos que hay un acuerdo en llamar justicia a aquel hábito y costumbre que dispone a los hombres para realizar cosas justas y por el cual obran rectamente y lo desean''.
Ahora vemos como define lo injusto.
''De a misma manera, la injusticia es aquella disposición que induce a los hombres a cometer agravios y a querer lo que no es justo''.
La justicia y la injusticia están más cerca de los hábitos que de las facultades porque en los hábitos es donde se encuentran los opuestos, mientras que en las facultades no. En efecto, las facultades pueden estar inclinadas a mucho opuestos, pero el hábito no, sólo está inclinado a uno.
Hábitos
Un mismo hábito no puede inclinarse a dos opuestos, por ejemplo, no puedo decir que me sanaré a través de la enfermedad, sino que me sanaré a través de lo saludable.
Muchas veces resulta que el hábito bueno se puede identificar por su contrario malo, es decir, si salud consiste en tener el cuerpo firme, su contrario será tener el cuerpo flojo o laxo.
El hombre justo y el injusto
A continuación daremos las características del hombre justo e injusto.
Hombre injusto:
''Vemos que hay un acuerdo en llamar justicia a aquel hábito y costumbre que dispone a los hombres para realizar cosas justas y por el cual obran rectamente y lo desean''.
Ahora vemos como define lo injusto.
''De a misma manera, la injusticia es aquella disposición que induce a los hombres a cometer agravios y a querer lo que no es justo''.
La justicia y la injusticia están más cerca de los hábitos que de las facultades porque en los hábitos es donde se encuentran los opuestos, mientras que en las facultades no. En efecto, las facultades pueden estar inclinadas a mucho opuestos, pero el hábito no, sólo está inclinado a uno.
Hábitos
Un mismo hábito no puede inclinarse a dos opuestos, por ejemplo, no puedo decir que me sanaré a través de la enfermedad, sino que me sanaré a través de lo saludable.
Muchas veces resulta que el hábito bueno se puede identificar por su contrario malo, es decir, si salud consiste en tener el cuerpo firme, su contrario será tener el cuerpo flojo o laxo.
El hombre justo y el injusto
A continuación daremos las características del hombre justo e injusto.
Hombre injusto:
- Viola la ley
- Codicia todo en exceso
- No considera la igualdad
Hombre justo:
- Respeta la ley
- No tiene codicia
- Sí considera la igualdad
Detengámonos más tiempo en el hombre injusto. Si éste codicia todo en exceso, lo que codiciará serán las cosas buenas pero no en términos absolutos. Además de eso, también codiciará la maldad pero de la manera más mínima posible. Sin embargo, consideremos que el mal menor es un tipo de bien con respecto de otra cosa, por lo tanto, el hombre injusto es absolutamente codicioso.
Las leyes y la justicia
Entonces, si el hombre justo es el que actúa conforme a la ley, entonces las leyes también son justas(1). Las leyes son las que proponen una organización política y social que haga que los ciudadanos preserven su felicidad. Por lo tanto, conviene al bien general de todos.
La justicia comprende la virtud como un absoluto, es la práctica de la virtud en su perfección. Un individuo puede practicarla y ser virtuoso, pero mucho más virtuoso será si la práctica con los demás, puesto que es esto es lo más difícil de hacer.
Finalmente, la justicia es la suma de todas las virtudes y la injusticia la suma de todos los vicios.
Capítulo II: Justicia universal y justicia particular
Pueden existir dos tipos de justicia e injusticia; la universal y la particular. La primera es una justicia o injusticia tomada de un modo absoluto y la última es tomada de un modo parcial.
Analicemos primero la injusticia. Un ejemplo de injusticia particular podría representarse en el adulterio. Si un hombre comete adulterio para ganar dinero, entonces éste es un codicioso; pero si un hombre paga por cometer adulterio, entonces éste es un licencioso, que no es necesariamente ser codicioso.
¿Cuál de estas dos es injusticia absoluta y cuál particular?
- El hombre licencioso que paga el servicio del adulterio es injusto de manera particular porque si bien paga por un servicio, lo cual es bueno, comete el vicio del adulterio. Por lo tanto es una injusticia parcial.
- El hombre codicioso que comete adulterio solamente por la ganancia de dinero es injusto de manera absoluta, pues no hay ningún bien que lo haga parcial.
Con respecto a la justicia universal, ésta corresponderá a lo que interesa al hombre de bien, mientras que la particular estará relacionada con el honor y los intereses materiales.
Capítulo III: Justicia distributiva
Como lo injusto es considerado un extremo y es contrario a la igualdad, entonces diremos que la igualdad es su medianía. Por lo tanto, si la igualdad es una medianía también sería una virtud y como toda virtud finalmente sería lo justo. Como diría Aristóteles
''El principio de igualdad descansa en la virtud''
Esto queda de manifiesto cuando hay distribución de bienes y honores. Si los reparto son igualitarios entonces habrá justicia, de lo contrario habrá injusticia. De aquí se desprende que la igualdad y la justicia consisten en una especie de proporción.
La proporción
De acuerdo con Aristóteles, la proporción es una igualdad de razón que consta de cuatro términos, incluso en las matemáticas. Aristóteles compara las proporciones matemáticas a la vida práctica de las personas. Veamos cómo ocurre con las matemáticas:
Proporción discreta (o no continua): En este tipo de proporción existen cuatro números diferentes, pero que dan el mismo resultado.
Por ejemplo: 10 - 3 = 12 - 5 (A - B = C - D) el resultado de ambos es 7.
Proporción continua: En este tipo de proporción existen cuatro números, pero sus términos medios son iguales.
Por ejemplo: 6 - 5 = 5 - 4 (A - B = B - C) el resultado de ambos es 1.
En efecto, el término medio que habla Aristóteles se parece mucho más a la proporción continua, pues es en esa donde se ven más representada el término medio (B) y sus extremos (A y C).
Entonces, llamaremos justo y bueno a lo que es estrictamente proporcional, e injusto y malo a lo que es todo lo contrario de dicha proporción.
Capítulo IV: Justicia correctiva
Este tipo de justicia no actúa de acuerdo a la proporción, es decir, es contraria a la justicia distributiva. Aquí no cuenta que se indulte al hombre bueno porque defraudó al malo, o que el hombre malo defrauda al bueno, o que los dos cometan adulterio. La justicia debe corregirlos por el delito que cometen y no por quienes sean.
En este tipo de justicia no puede existir la proporción ni la igualdad, pues ¿cómo sería posible que el daño recibido y el delito cometido se distribuyan de manera igual? Al contrario, se hará de forma desigual porque no tienen las mismas proporciones.
Sí habrá igualdad en el castigo que reciba correspondiendo al daño que hizo a la otra persona.
Ganancia y perdida
Los dos conceptos mencionados corresponden a quien hizo daño y quien lo recibió. La ganancia se da en quien hace el daño y la perdida en quien lo recibe.
Para corregir esto, el juez tendrá que identificar y aplicar el término medio entre la ganancia y la perdida. El que daña tiene una ganancia en cuanto a que le produce un bien, mientras quien recibe tiene una perdida y así se produce en él, el mal.
Si el que daña tiene una ganancia, entonces habrá que quitársela y darle al que perdió dicha parte de la ganancia.
Capítulo V: La justicia y la reciprocidad
La reciprocidad la entenderemos mucho mejor con la conocida ley del talión, es decir, ojo por ojo, diente por diente. Según Aristóteles, la reciprocidad no tiene nada que ver con la justicia distributiva ni con la justicia correctiva.
De hecho, si un funcionario público golpea a otro, quien recibe el golpe no puede proceder a golpear al funcionario; no obstante, si el funcionario es golpeado por otra persona, dicha persona no solo recibirá un golpe, sino que además recibirá un castigo suplementario.
La reciprocidad si se debe dar en una justa proporción, pues en una ciudad se debe dar a cada uno de los ciudadanos lo que se merece.
Retribución e intercambio
Cada objeto de intercambio entre dos personas tiene que tener un precio o una taza. La obra del zapatero no vale lo mismo que la de un arquitecto; la de éste último es superior pues supone una estructura más grande. Entre zapatero y arquitecto pueden intercambiar sus obras puesto que son de distintos oficios, pero el intercambio entre dos oficios iguales no sería posible (entre dos médicos o dos zapateros por ejemplo).
Evidentemente, el dinero existe para que dicho intercambio pueda ocurrir porque es él el que hace que una cosa tenga precio. El dinero también mide las cosas para que puedan ser proporcionales al objeto que se está vendiendo o comprando; esto permitirá el contrato (o acuerdo) entre dos personas que tienen interés en un objeto (ya sea venderlo y el otro comprarlo). De aquí que a esto se le llame reciprocidad.
La reciprocidad si se debe dar en una justa proporción, pues en una ciudad se debe dar a cada uno de los ciudadanos lo que se merece.
Retribución e intercambio
Cada objeto de intercambio entre dos personas tiene que tener un precio o una taza. La obra del zapatero no vale lo mismo que la de un arquitecto; la de éste último es superior pues supone una estructura más grande. Entre zapatero y arquitecto pueden intercambiar sus obras puesto que son de distintos oficios, pero el intercambio entre dos oficios iguales no sería posible (entre dos médicos o dos zapateros por ejemplo).
Evidentemente, el dinero existe para que dicho intercambio pueda ocurrir porque es él el que hace que una cosa tenga precio. El dinero también mide las cosas para que puedan ser proporcionales al objeto que se está vendiendo o comprando; esto permitirá el contrato (o acuerdo) entre dos personas que tienen interés en un objeto (ya sea venderlo y el otro comprarlo). De aquí que a esto se le llame reciprocidad.
Capítulo VI: Justicia política
¿Cuándo y con qué agravio un hombre es injusto? el hombre injusto es el que acapara todas las cosas buenas para sí mismo sin pensar en los demás, en cambio, el hombre justo es el que da a los demás.
Por supuesto, la justicia política es una especie de justicia civil donde el hombre que es justo se desvela por los demás, mientras que el hombre injusto se preocupa sólo por sí mismo.
En todo caso, la justicia política sólo puede ejercerse por quienes tienen el mando y además obedecen; por lo tanto, los niños no podrían ejercer justicia política.
En todo caso, la justicia política sólo puede ejercerse por quienes tienen el mando y además obedecen; por lo tanto, los niños no podrían ejercer justicia política.
Capítulo VII: La justicia natural y legal
Dentro de la justicia política encontramos dos especies; la justicia natural y la justicia legal.
La justicia natural es un tipo de justicia inmutable que se aplica y se manifiesta más allá si a alguien le parece o no. Por ejemplo, el fuego se dirige hacia arriba y la tierra hacia abajo, estas cosas suceden más allá de si nos parecen o no. Mientras que por otro lado, la justicia legal consiste en hacer validas las acciones de una comunidad, por ejemplo, que se sacrifique una cabra y no dos ovejas; ésta acción es por el bien de la comunidad puesto que es una especie de tributo que hará bien a todos(2).
La diferencia entre las dos es que la justicia natural no está condicionada por los hombres y que la justicia legal sí está condicionada por ellos, ya que es un tipo de convención.
La justicia natural es un tipo de justicia inmutable que se aplica y se manifiesta más allá si a alguien le parece o no. Por ejemplo, el fuego se dirige hacia arriba y la tierra hacia abajo, estas cosas suceden más allá de si nos parecen o no. Mientras que por otro lado, la justicia legal consiste en hacer validas las acciones de una comunidad, por ejemplo, que se sacrifique una cabra y no dos ovejas; ésta acción es por el bien de la comunidad puesto que es una especie de tributo que hará bien a todos(2).
La diferencia entre las dos es que la justicia natural no está condicionada por los hombres y que la justicia legal sí está condicionada por ellos, ya que es un tipo de convención.
Capítulo VIII: La justicia y la responsabilidad
El agravio o la obra en la justicia dependen de lo que es tanto voluntario como involuntario (o forzoso). Cuando el agravio es voluntario lo identificamos como injusticia, pero puede ocurrir que si el agravio no es voluntario haya injusticia de todos modos.
Lo voluntario y lo involuntario
Lo voluntario se puede tomar de muchas formas:
- Por elección: este tipo de voluntariedad se hace a través de la deliberación y la consulta.
- Sin elección: no son cometidas por deliberación ni consulta.
De éstas dos se desprenden tres posibles daños que se pueden causar en las contrataciones (o relaciones sociales).
- Daño por ignorancia: cuando se obra sin saber contra quién, cómo, ni con qué fin en aquello que se hace.
- Daño por cólera: cuando se hace con pleno conocimiento, pero sin premeditación ni maldad.
- Daño por agravio: cuando se hace con pleno conocimiento y voluntad.
Al igual que Platón, Aristóteles nos dice que los daños provocados por la ira son involuntarios y que no proceden del individuo, sino más bien de algo externo a él. Los agravios hechos por ignorancia son dignos de misericordia.
Capítulo IX: Voluntariedad e involuntariedad
Aristóteles comienza el capítulo con la siguiente frase dicha por Eurípides:
''He matado a mi madre, ¿voluntariamente y deseándolo ella o contra su voluntad y sin quererlo? ¿Es acaso posible ser víctima de una injusticia de modo voluntario, o por el contrario, es esto siempre forzoso, así como hacerlo es voluntario? Y entonces, ¿padecer la injusticia, tal como cometerla, es siempre voluntario, o unas veces es voluntario y forzoso otras veces?''
Obrar justamente, según la línea aristotélica, es siempre un acto voluntario. Por otro lado, recibir agravios o buenas obras resulta ser o voluntario o forzoso, tal y como lo vimos en el capítulo anterior .
Capítulo X: La equidad
Existen algunas confusiones con el término equidad, pues muchas veces se vincula a la equidad con el bien y por lo tanto con lo justo.
Siempre que hablamos en términos generales decimos que algo es bueno, pero para especificar más, decimos que las cosas son mejores cuando son equitativas. Sin embargo, esto no quiere decir que la equidad sea menos que la justicia, pues el hombre que es equitativo es igualmente justo. La diferencia podría radicar en que la equidad es un tipo de rectificación de la justicia.
Podríamos decir que las leyes se ocupan mejor de las cosas generales y la equidad se ocupa mejor en las cosas concretas o específicas.
Capítulo XI: La injusticia contra uno mismo
Lo que la ley no prescribe no lo permite, lo prohíbe. Y como no dice nada sobre darse muerte a uno mismo, entonces entenderemos que está prohibido hacerlo.
El suicidio
Para Aristóteles es imposible que uno pueda cometer injusticia a uno mismo. De hecho, al igual que Platón en Gorgias, el filósofo considera que cometer injusticia es peor que padecerla; por lo tanto, recibir daño de uno mismo es peor que cometer daño contra uno mismo, pues el recibir daño es un mal menor y por consiguiente, un bien.
Sin duda que el suicidio es malo, pero si no es malo contra uno mismo ¿con respecto a qué es malo? Aristóteles nos dice que contra la ciudad.
Conclusión
En mi opinión, un libro muy parecido a La República, Las leyes y el Gorgias de Platón. Concuerdan con que la ira es algo involuntario y con que es peor cometer injusticia que recibirla, un acuerdo como pocos en los libros de Aristóteles. Ya sabemos ahora que la justicia es parte de la virtud y la injusticia es parte del vicio, como también la justicia es un término medio mientras que la justicia, como vicio respectivo, representa los extremos del término medio. Con este libro hemos terminado en análisis de las virtudes éticas y comenzamos en el próximo con el examen de las virtudes intelectuales (o dianoéticas).
muy bueno :)
ResponderEliminargracias me ayudaste
Rescatas lo fundamental, gracias. :)
ResponderEliminarGRACIAS ME AYUDASTE MUCHO :)
ResponderEliminarTE LO AGRADEZCO :) :) AMO A ARISTOTELES
ResponderEliminarLlegué a esta página por casualidad, sin embargo, me han ayudado infinitamente a entender muchos textos filosóficos!!! Excelentes apuntes :)
ResponderEliminarPedazo de crack, me estás salvando la promoción.
ResponderEliminarInfinitas Gracias. Me vas salvando el curso:)
ResponderEliminarMuchas gracias, super bien los apuntes
ResponderEliminarMuy buen trabajo
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