Sin embargo, si esto es sostenible, entonces no podríamos vivir de la mejor manera. Si siguiéramos la naturaleza tendríamos que matarnos los unos a los otros para ser superiores y a la vez tendríamos que dejarnos avasallar por los más poderosos.
Siguiendo con Platón, el filósofo creía firmemente que las leyes eran una convención del hombre. Plantea que la ley debe ser dirigida por un rey y en caso de que este no pueda ejercer, en imitación a la verdad lo hará un segundo grupo (partido). Por otro lado, Platón descarta la posibilidad de tener una ley natural y obedecerla como se hace con la ley humana:
''Ninguna naturaleza del hombre nace con bastante don como para saber, a la vez, lo que es más beneficioso para la vida humana en ciudad y, sabiéndolo, poder y querer siempre hacer lo que es mejor''
(Las Leyes)
No obstante, por otra parte tenemos a los trágicos como Esquilo, Eurípides y Sófocles que sí creían en esta ley natural. Una ley que ejerce una especie de estabilidad a la ciudad que, cuando vive tiempos difíciles, sucumbe ante los vicios sin tener respaldo de una ley superior ya que las leyes humanas van cambiando constantemente; las naturales en cambio no.
Aristóteles
Este es quizás uno de los filósofos que habló más ampliamente de las leyes, añadiendo el concepto de moral en todas sus reflexiones.
A continuación daremos las características del hombre justo e injusto de acuerdo con el estagirita.
Hombre injusto:
- Viola la ley
- Codicia todo en exceso
- No considera la igualdad
Hombre justo:
- Respeta la ley
- No tiene codicia
- Sí considera a igualdad
Detengámonos más tiempo en el hombre injusto. Si éste codicia todo en exceso, lo que codiciará serán las cosas buenas pero no en términos absolutos. Además de eso, también codiciará la maldad pero de la manera más mínima posible. Sin embargo, consideremos que el mal menor es un tipo de bien con respecto de otra cosa, por lo tanto, el hombre injusto es absolutamente codicioso.
Entonces, si el hombre justo es el que actúa conforme a la ley, entonces las leyes también son justas(1). Las leyes son las que proponen una organización política y social que haga que los ciudadanos preserven su felicidad. Por lo tanto, conviene al bien general de todos.
La justicia comprende la virtud como un absoluto, es la práctica de la virtud en su perfección. Un individuo puede practicarla y ser virtuoso, pero mucho más virtuoso será si la práctica con los demás, puesto que es esto es lo más difícil de hacer.
Pueden existir dos tipos de justicia e injusticia; la universal y la particular. La primera es una justicia o injusticia tomada de un modo absoluto y la última es tomada de un modo parcial.
Analicemos primero la injusticia. Un ejemplo de injusticia particular podría representarse en el adulterio. Si un hombre comete adulterio para ganar dinero, entonces éste es un codicioso; pero si un hombre paga por cometer adulterio, entonces éste es un licencioso, que no es necesariamente ser codicioso.
¿Cuál de estas dos es injusticia absoluta y cuál particular?
- El hombre licencioso que paga el servicio del adulterio es injusto de manera particular porque si bien paga por un servicio, lo cual es bueno, comete el vicio del adulterio. Por lo tanto es una injusticia parcial.
- El hombre codicioso que comete adulterio solamente por la ganancia de dinero es injusto de manera absoluta, pues no hay ningún bien que lo haga parcial.
Con respecto a la justicia universal, ésta corresponderá a lo que interesa al hombre de bien, mientras que la particular estará relacionada con el honor y los intereses materiales.
Como lo injusto es considerado un extremo y es contrario a la igualdad, entonces diremos que la igualdad es su medianía. Por lo tanto, si la igualdad es una medianía también sería una virtud y como toda virtud finalmente sería lo justo. Como diría Aristóteles
''El principio de igualdad descansa en la virtud''
Esto queda de manifiesto cuando hay distribución de bienes y honores. Si los reparto son igualitarios entonces habrá justicia, de lo contrario habrá injusticia. De aquí se desprende que la igualdad y la justicia consisten en una especie de proporción.
La proporción
De acuerdo con Aristóteles, la proporción es una igualdad de razón que consta de cuatro términos, incluso en las matemáticas. Aristóteles compara las proporciones matemáticas a la vida práctica de las personas. Veamos cómo ocurre con las matemáticas:
Proporción discreta (o no continua): En este tipo de proporción existen cuatro números diferentes, pero que dan el mismo resultado.
Por ejemplo: 10 - 3 = 12 - 5 (A - B = C - D) el resultado de ambos es 7.
Proporción continua: En este tipo de proporción existen cuatro números, pero sus términos medios son iguales.
Por ejemplo: 6 - 5 = 5 - 4 (A - B = B - C) el resultado de ambos es 1.
En efecto, el término medio que habla Aristóteles se parece mucho más a la proporción continua, pues es en esa donde se ven más representada el término medio (B) y sus extremos (A y C).
Entonces, llamaremos justo y bueno a lo que es estrictamente proporcional, e injusto y malo a lo que es todo lo contrario de dicha proporción.
Este tipo de justicia no actúa de acuerdo a la proporción, es decir, es contraria a la justicia distributiva. Aquí no cuenta que se indulte al hombre bueno porque defraudó al malo, o que el hombre malo defrauda al bueno, o que los dos cometan adulterio. La justicia debe corregirlos por el delito que cometen y no por quienes sean.
En este tipo de justicia no puede existir la proporción ni la igualdad, pues ¿cómo sería posible que el daño recibido y el delito cometido se distribuyan de manera igual? Al contrario, se hará de forma desigual porque no tienen las mismas proporciones.
Sí habrá igualdad en el castigo que reciba correspondiendo al daño que hizo a la otra persona.
Ganancia y pérdida
Los dos conceptos mencionados corresponden a quien hizo daño y quien lo recibió. La ganancia se da en quien hace el daño y la pérdida en quien lo recibe.
Para corregir esto, el juez tendrá que identificar y aplicar el término medio entre la ganancia y la perdida. El que daña tiene una ganancia en cuanto a que le produce un bien, mientras quien recibe tiene una perdida y así se produce en él, el mal.
Si el que daña tiene una ganancia, entonces habrá que quitársela y darle al que perdió dicha parte de la ganancia.
La reciprocidad la entenderemos mucho mejor con la conocida ley del talión, es decir, ojo por ojo, diente por diente. Según Aristóteles, la reciprocidad no tiene nada que ver con la justicia distributiva ni con la justicia correctiva.
De hecho, si un funcionario público golpea a otro, quien recibe el golpe no puede proceder a golpear al funcionario; no obstante, si el funcionario es golpeado por otra persona, dicha persona no solo recibirá un golpe, sino que además recibirá un castigo suplementario.
La reciprocidad si se debe dar en una justa proporción, pues en una ciudad se debe dar a cada uno de los ciudadanos lo que se merece.
Retribución e intercambio
Cada objeto de intercambio entre dos personas tiene que tener un precio o una taza. La obra del zapatero no vale lo mismo que la de un arquitecto; la de éste último es superior pues supone una estructura más grande. Entre zapatero y arquitecto pueden intercambiar sus obras puesto que son de distintos oficios, pero el intercambio entre dos oficios iguales no sería posible (entre dos médicos o dos zapateros por ejemplo).
Evidentemente, el dinero existe para que dicho intercambio pueda ocurrir porque es él el que hace que una cosa tenga precio. El dinero también mide las cosas para que puedan ser proporcionales al objeto que se está vendiendo o comprando; esto permitirá el contrato (o acuerdo) entre dos personas que tienen interés en un objeto (ya sea venderlo y el otro comprarlo). De aquí que a esto se le llame reciprocidad.
¿Cuándo y con qué agravio un hombre es injusto? el hombre injusto es el que acapara todas las cosas buenas para sí mismo sin pensar en los demás, en cambio, el hombre justo es el que da a los demás.
Por supuesto, la justicia política es una especie de justicia civil donde el hombre que es justo se desvela por los demás, mientras que el hombre injusto se preocupa sólo por sí mismo.
En todo caso, la justicia política sólo puede ejercerse por quienes tienen el mando y además obedecen; por lo tanto, los niños no podrían ejercer justicia política.
Dentro de la justicia política encontramos dos especies; la justicia natural y la justicia legal.
La justicia natural es un tipo de justicia inmutable que se aplica y se manifiesta más allá si a alguien le parece o no. Por ejemplo, el fuego se dirige hacia arriba y la tierra hacia abajo, estas cosas suceden más allá de si nos parecen o no. Mientras que por otro lado, la justicia legal consiste en hacer validas las acciones de una comunidad, por ejemplo, que se sacrifique una cabra y no dos ovejas; ésta acción es por el bien de la comunidad puesto que es una especie de tributo que hará bien a todos(2).
La diferencia entre las dos es que la justicia natural no está condicionada por los hombres y que la justicia legal sí está condicionada por ellos, ya que es un tipo de convención.
El agravio o la obra en la justicia dependen de lo que es tanto voluntario como involuntario (o forzoso). Cuando el agravio es voluntario lo identificamos como injusticia, pero puede ocurrir que si el agravio no es voluntario haya injusticia de todos modos.
Lo voluntario y lo involuntario
Lo voluntario se puede tomar de muchas formas:
- Por elección: este tipo de voluntariedad se hace a través de la deliberación y la consulta.
- Sin elección: no son cometidas por deliberación ni consulta.
De éstas dos se desprenden tres posibles daños que se pueden causar en las contrataciones (o relaciones sociales).
- Daño por ignorancia: cuando se obra sin saber contra quién, cómo, ni con qué fin en aquello que se hace.
- Daño por cólera: cuando se hace con pleno conocimiento, pero sin premeditación ni maldad.
- Daño por agravio: cuando se hace con pleno conocimiento y voluntad.
Al igual que Platón, Aristóteles nos dice que los daños provocados por la ira son involuntarios y que no proceden del individuo, sino más bien de algo externo a él. Los agravios hechos por ignorancia son dignos de misericordia.
Voluntariedad e involuntariedad
Aristóteles comienza el capítulo con la siguiente frase dicha por Eurípides:
''He matado a mi madre, ¿voluntariamente y deseándolo ella o contra su voluntad y sin quererlo? ¿Es acaso posible ser víctima de una injusticia de modo voluntario, o por el contrario, es esto siempre forzoso, así como hacerlo es voluntario? Y entonces, ¿padecer la injusticia, tal como cometerla, es siempre voluntario, o unas veces es voluntario y forzoso otras veces?''
Obrar justamente, según la línea aristotélica, es siempre un acto voluntario. Por otro lado, recibir agravios o buenas obras resulta ser o voluntario o forzoso, tal y como lo vimos en el capítulo anterior .
Existen algunas confusiones con el término equidad, pues muchas veces se vincula a la equidad con el bien y por lo tanto con lo justo.
Siempre que hablamos en términos generales decimos que algo es bueno, pero para especificar más, decimos que las cosas son mejores cuando son equitativas. Sin embargo, esto no quiere decir que la equidad sea menos que la justicia, pues el hombre que es equitativo es igualmente justo. La diferencia podría radicar en que la equidad es un tipo de rectificación de la justicia.
Podríamos decir que las leyes se ocupan mejor de las cosas generales y la equidad se ocupa mejor en las cosas concretas o específicas.
Lo que la ley no prescribe no lo permite, lo prohíbe. Y como no dice nada sobre darse muerte a uno mismo, entonces entenderemos que está prohibido hacerlo.
El suicidio
Para Aristóteles es imposible que uno pueda cometer injusticia a uno mismo. De hecho, al igual que Platón en Gorgias, el filósofo considera que cometer injusticia es peor que padecerla; por lo tanto, recibir daño de uno mismo es peor que cometer daño contra uno mismo, pues el recibir daño es un mal menor y por consiguiente, un bien.
Sin duda que el suicidio es malo, pero si no es malo contra uno mismo ¿con respecto a qué es malo? Aristóteles nos dice que contra la ciudad.
Los trágicos y el concepto de leyes
Sófocles
Una de las obras claves para hablar de leyes es la conocida ''Antígona'' de Sófocles. Recordemos que esta historia se trata sobre el hermano de Antígona que fue asesinado en el asedio contra Tebas. El rey de la ciudad, Creonte, impone una prohibición para velar el cuerpo de su hermano muerto en el asedio. Antígona fue informada de que el cuerpo de su hermano ya fue enterrado, pero ninguno de los guardias supo quién lo enterró ni cuando. Antígona exige ver el cuerpo de su hermano pero el rey se lo sigue impidiendo.
En esta obra se enfrentan dos conceptos que es la eficiencia del Estado en cuanto al criterio de la ciudad y la ley natural que todo lo sabe. En otras palabras, existe una división de las leyes; unas para los vivos y otras para los muertos.
Esquilo
Para Esquilo también hay claro una diferenciación entre la ley de los hombres y la ley natural. Si el juicio de los hombres puede llegar a ser erróneo, mucho más lo será el de una gran sociedad que no sabe gobernar. De ahí tendrá que surgir el juicio de vino que ponga orden a la discordia entre ciudadanos.
Eurípides
En este caso, el más escueto de los trágicos es Eurípides al pronunciarse sobre las leyes en ''Las suplicantes'', donde reconoce el valor de la ley escrita diciendo lo siguiente:
''Cuando las leyes son escritas, el pobre y el rico gozan del mismo derecho''
(Las Suplicantes)
A pesar de no ser cercanos estrictamente a las leyes, podemos ver que, indirectamente, los trágicos tenían su propia opinión de ellas (aunque quizás solo la mencionaban sin necesariamente adherir a ellas).
Los helenos y su concepto de ley
Estoicos