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domingo, 17 de julio de 2016

Marco Tulio Cicerón - De Legibus (Sobre las leyes) (??)

Este es un libro que por desgracia nos llega incompleto. En todo caso, todo esto es comprensible pues estos textos que fueron escritos antes de Cristo tienen que sobrevivir las guerras, la envidia, los cambios, etc. etc y por supuesto, no deja de ser lamentable.No obstante, lo que nos llega de este libro es suficiente como para hacernos una idea de lo que Marco Tulio Cicerón consideraba como leyes o constitución. De hecho en el libro tres de este tratado veremos una propuesta de constitución hecha por él. Veamos que nos tiene preparado el orador. 

Referencias:

(1) En la antigua Grecia la ley se decía ''nomos'', pero nomos a su vez significa costumbre. En latín se dice ''lex'' que proviene de la palabra ''leer''. Otra diferencia entre ''nomos'' y ''lex'' es que la primera reconoce algo de la naturaleza, mientras que lo otro es creado por el ser humano. 
(2) Idea muy platónica donde la opinión es algo inferior a la virtud. 
(3) Una propuesta no muy diferente de la que ya tiene la república. 

De Legibus


LIBRO I: PRINCIPIOS DEL DERECHO

El libro I comienza con un diálogo entre Atico, Marco y Quinto hablando sobre poesía e historia. Luego de conversar suficiente y gracias a la insistencia de Ático y Quinto para que Marco hable, los tres comienzan a hablar sobre el derecho civil.

Derecho civil

Al más puro estilo platónico, los tres dialogantes se ponen a conversar sobre este aspecto del derecho que protege a los ciudadanos. Antes de comenzar a analizar las leyes, lo primero a que se debe proceder es a la naturaleza

Principios del derecho

La ley siempre viene después de que el hombre ha razonado y analizado un evento natural o artificial. Luego de sacar las cosas provechosas y perjudiciales de aquel evento, el hombre comienza a crear leyes. De ahí viene la etimología latina de ley: ''leer''(1). 

Si la naturaleza es primera que las leyes, lo que va primero que la naturaleza son los dioses inmortales. Esto quiere decir que los hombres también son creados por los dioses, y que la razón es lo más divino que pueden tener. Además el hombre es semejante a Dios pues los dos son capaces de lograr la virtud: Dios siempre y el hombre en parte, pero lo hace. Por otro lado, entre los hombres también hay una semejanza ya sea en virtud  o en vicio. 

A todos los hombres ha sido dado el razonamiento y por lo tanto el derecho, pues de aquí provienen las leyes. Si esto es verdad, luego cuando el niño se convierta en hombre perseguirá hacer el bien más que el mal. Sin embargo, aquí ocurre una cuestión ya que dicho hombre podrá hacer el bien sólo por conveniencia y no por virtud

El hombre, Dios y el derecho

Las leyes no se pueden dejar al arbitrio de los seres humanos, pues si es así, entonces se crearían todo tipo de leyes que solamente benefician a quienes las crean. De acuerdo con Marco, sólo el derecho natural nos puede decir qué está mal y qué está bien, porque la naturaleza fue hecha por Dios. 

Todos aspiran a la justicia y ¿quién no querría? Cuando el alma es virtuosa está perfecta para hacer cumplir las leyes. Sin embargo, cuando está encadenada por las vicisitudes del cuerpo, el alma se corrompe y entra en la opinión(2). 

En fin, la ley es todo lo que permite lo bueno y prohíbe lo malo. 



LIBRO II: EL DERECHO NATURAL

Continuamos hablando sobre la naturaleza. Esta vez se distinguen dos tipos referente a un lugar, pues tenemos dos tipos de patrias: la natural y la ciudadanía. Esto ocurría mucho en Roma porque al conquistar muchas ciudades, los ciudadanos de áfrica (por ejemplo) tenían como patria natural África, pero viven en Roma necesitaban ciudadanía romana. 

Toda ley hecha estará hecha con razón si se basa en la naturaleza porque la naturaleza a la vez es Dios. De esto se saca que Dios debe estar hecho de razón, de otra forma, el hombre no podría haber sido hecho. Por otro lado, las leyes consisten en distinguir bien las cosas justas de las injustas. Mientras las leyes estén inspiradas en la naturaleza, nunca podrán errar en ninguna legislación. 

Marcos insiste en el precepto religioso y por un momento mantiene las leyes religiosas del segundo rey de Roma Numa Pompilio. Que en todos lados se adoren a los dioses. Si una ciudad está entregada a los dioses, estará entregada al bien. 

Quien hace el mal tendrá el castigo de Dios, pues él será el vengador y juez de los hombres. En base a esto se formaría la religión porque éste sería el miedo a una pena eficaz. Los cultos se deben realizar para aplacar la ira de los dioses y estar en armonía con ellos. 

Las adivinaciones

Ático pregunta a Marco si existe en realidad la adivinación, a lo que Marco responde que sí, ya que los mismo dioses son los que hacen las predicción. Por lo demás, quienes ejerzan una labor religiosa, ya sea como arúspice, adivinador o sacerdote, debe tener conocimiento del derecho civil. 

Los pontífices 

Estos serán los encargados de ver los sacrificios de las bestias y las ceremonias. Serán encargados por lo demás dever que los sacrificios no se hagan en lugares públicos, sino más bien en los lugares correspondientes para hacerlos. 


LIBRO III: POSIBLE CONSTITUCIÓN

Magistrados

En primer lugar tenemos al magistrado que es la ley que habla y luego la ley que sería el magistrado mudo. Este debe velar porque la constitución esté siguiendo las directrices de la naturaleza, pues ahí están los dioses. 

Debe reprimir al ciudadano no obediente con una multa de cadenas y azotes, aunque siempre con la aprobación del pueblo.  

Magistrados menores

Son estos los que deben cuidar el caudal político, observar las cadenas de los culpados, castigar los crímenes y obedecer por sobre todas las cosas al senado. 

Censores

Deben vigilar todos los recursos de la ciudad incluyendo el erario público y los templos. Deben dirigir las costumbres del pueblo y a la armada de la ciudad. 

Pretor

Sean estos los árbitros del derecho, es decir, deben administrar la justicia(3). También estará a cargo de las cosas privadas siempre que el senado lo ordene.

Jueces

Para llegar a ser juez se deben tener por lo menos 10 años de ejercicio como abogado. Serán además los que elijan a un dictador en caso de emergencia (guerra) en la ciudad.

Senadores

Son finalmente los senadores quienes pueden crear todas las otras magistraturas. Por lo demás, también serán los que aprobarán las leyes, los mandatos y los juicios. 

Conclusión

Aquí vemos la creencia en que el derecho natural es el único que pueden basarse las leyes. Numerosas críticas han nacido a este tipo de derecho, pues en cierto modo el hombre no puede conocer las leyes de la naturaleza, el contrario, él se las impone. Pero finalmente ¿Cuáles son las leyes de la naturaleza? No lo sabemos. Está claro que todo lo dicho aquí es la inspiración más clara a los libros de Platón porque si la ley se inspira en lo más divino, será más perfecta que una ley basada en la opinión que es algo humano.

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