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lunes, 8 de abril de 2024

Bartolomé de las Casas - Tratado sobre la esclavitud (1552)

 

Escrito por el fraile dominico español Bartolomé de las Casas en el siglo XVI, este tratado expone de manera contundente y apasionada los horrores y las injusticias sufridas por los pueblos indígenas del continente americano a manos de los colonizadores europeos, especialmente en lo que respecta a la esclavitud y la explotación laboral.


TRATADO SOBRE LA ESCLAVITUD


Primera conclusión

Guerra injusta

Bartolomé de las Casas comienza diciendo que todos los indios han sido esclavos injustamente, y los españoles los poseen de manera también injusta. 

Las Casas argumenta que la causa más leve y menos justa que los españoles tuvieron para esclavizar a los indígenas fue iniciar guerras injustas contra ellos. Ya que bajo este pretexto de guerras injustas, ninguna esclavitud podría justificarse legítimamente. Por lo tanto, concluye que todos los esclavos creados en las Indias desde el descubrimiento hasta el presente han sido injustamente esclavizados.

La razón de esto es simplemente que el supuesto de guerra justa no se ha cumplido, esto es, que sea autorizada por el príncipe o por una causal de guerra justa como la legítima defensa. Por lo demás, los indios no han hecho daño a los españoles por medio de injurias como sí lo han hecho turcos y moros. 

Los indios jamás tuvieron la intención de acabar con la fe cristiana, antes, fueron los españoles quienes atacaron y acabaron con muchas de las creencias de los indígenas. De hecho, fueron los mismos españoles quienes engañaban a los indios para que, una vez atraídos con buenas palabras, confesaran ante la justicia española que eran esclavos, sin ellos entender lo que significaba ser esclavo. De este modo, los españoles los hacían trabajar de manera forzada y sirviéndoles hasta que no les quedara vida. Todo esto bajo la venia de los gobernadores oficiales de Su Majestad, cuya práctica se realizó en todas las Indias. 

Por otro lado, Las Casas nos dice que todo lo dicho aquí es creíble porque los mismos que perpetraron estos actos lo dicen y lo afirman. 

No hay justa causa, dice Bartolomé, toda vez que los indios estaban pacíficos en sus tierras y en consecuencia, toda guerra que se iniciara contra ellos sería una guerra injusta. 

Segunda conclusión

Mala conciencia

En esta segunda conclusión, Las Casas nos dice que los indios están bajo el control de los españoles en sus propiedades bajo una mala conciencia. Este problema no se puede sanear sino es por medio de la libertad y el reparo por la injuria y los daños provocados

Non dimittitur pecatum nisi restituatur ablatum

(El pecado no se perdona, a menos que se haya devuelto lo quitado)

Por lo demás, los indios no tienen la misma concepción de lo que significa ser ''esclavo'' tal como la tienen los españoles. En lugar de denotar una condición de total subyugación y falta de libertad, indica más bien un tipo de relación de servicio más cercana a la de un sirviente o ayudante con obligaciones específicas. En la sociedad indígena, el esclavo era tratado más como un miembro de la familia o un hijo que como una propiedad. Tenían su propia casa, bienes, familia y libertad, excepto cuando se necesitaba su trabajo para tareas específicas como construir una casa o trabajar en los campos. El resto del tiempo, tenían libertad para sus propios asuntos, lo que los hacía, en cierto sentido, más libres que los súbditos libres de otras culturas.

Sin embargo, la esclavitud entre los indios no era pacífica en muchos sentidos, pues a veces eran tremendamente injustas. 

  • Una fue que aquel que era hallado haber hurtado cinco mazorcas o espigas de maíz, le hacía esclavo de su propia autoridad aquel cuyo era el maíz; y dicen los religiosos que esto han examinado, que con fraude, cautela y dolo muchas veces ponían diez o doce mazorcas o espigas de maíz cerca del camino para que cualquiera que pasase por él cayese en el lazo de la dicha servidumbre.
  • En el juego de la pelota, quien perdía era esclavo, y dizque esto  era con fraude y dolo, persuadiendo, importunando y engañando los más astutos jugadores, que comúnmente eran vagabundos, y mostrábanles dos o tres mantas de algodón para acudiciar, a los simples, a ellas, fingiéndose que no sabían jugar, y así los llevaban por esclavos
  • Si alguno tenía alguna esclava virgen y se la violaba otro, le hacía esclavo, y también, si era casado, a su mujer; y en esto dizque había dolo y fraude, porque los amos de las esclavas les mandaban que solicitasen a los estupradores que pecasen con ellas. 
  • Siendo tiempo de hambres, el padre y la madre vendían algún hijo, sirviendo algunos años a su amo, o si se hacía viejo y tenía hermanos o hermanas, salía él y entraba en la servidumbre otro de ellos, y si era mozo, daba el amo alguna cosa a los padres; y padres e hijos a servirle todos eran obligados; pero cuando los padres, u otro por ellos, pagaba lo que se había prestado por él, luego era puesto en libertad.
  • Indios que se vendiesen a sí mismos, había muy pocos, y los que se vendían eran los muy holgazanes por no trabajar, los cuales voluntariamente se vendían por dos mantas de algodón; pero el servicio que habían de ser no era más de para estar en casa de sus señores para mandar a otros y no para trabajar. 


Todas estas imágenes, dice Bartolomé de las Casas, tengo escritas en latín, que me dio el primer Obispo de México, varón bueno y religioso, colegidas por los religiosos de San Francisco, por las cuales parece bien claro cuan ilícitamente los indios tenían a otros indios por esclavos.

De lo susodicho se sigue que porque los indios eran  infieles y carecían (como está tocado) de conocimiento de Dios y de la ley cristiana que sus obras reglase, y del temor de los infiernos, y de esperanza que por virtudes se les había de dar paraíso eternal, que así como eran corruptos y defectuosos en estas maneras injustas de hacer a sus prójimos esclavos, también se debe presumir que erraban y se corrompían en la justicia de las guerras, y por consiguiente, que los esclavos que en ellas hacían podían más fácilmente ser ilícitos o no carentes de injusticia.

En consecuencia, el buen cristiano debe intervenir en estos problemas cuanto fuere posible la dicha ley mala o mala costumbre, o al menos no guardarla ni obrarla, porque no parezca que se aprueba. Los hombres cristianos son obligados por el Evangelio de Cristo a perder todo cuanto son y tienen, antes que cometer un solo pecado, al menos mortal.

Responsabilidades

Ahora bien, cuando se buscan a los responsables de estos daños, bajo las reglas de los derechos humanos y del derecho natural, se debe siempre proceder cuando haya existido una investigación y una distinción clara de quiénes cometieron el mal. Por eso, cuando se haya cometido un mal, se investigue y analice, y no se sepa quiénes son los malos luego de hacerlo, entonces no debe tomarse alguno de ellos por malo, pues podría hacerse perjuicio a alguien que es inocente. 

''porque mejor es que se toleren y vivan los malos, que no injustamente algún perjuicio, daño o muerte padezcan los buenos''


Como la libertad de los hombres, después de la vida, sea la cosa más preciosa y estimable, y por consiguiente sea la causa más favorable. Cuando hay duda en la libertad de alguno, que si se pregunta y trata de ella, se ha de responder y sentenciar en favor de la libertad.

Así, la libertad de los indios fue violada por los españoles quienes los tomaron como esclavos sin justo título. Esto, se vuelve a reiterar, es la posesión en mala conciencia que nos habla Las Casas. De esto se desprende que los españoles que esclavizaron indios no tienen ningún derecho sobre ellos, pues esta posesión se dio por medio de venta, gracia, permuta u otro contrato, nadie puede transferir más derechos de los que tiene. Todos los que hacen este tipo de contratos con respecto a los indios, son poseedores de mala fe, todos sus actos y contratos están viciados. 

Si bien, Bartolomé nos dice que pudo haber posesiones hechas en forma justa y con la voluntad del indio (aunque con la voluntad viciada), esos actos y contratos son escasos comparados con todos los casos de injusticias y esclavitud.

Los jueces de la Real Audiencia decían:

"no hallamos un indio en esta tierra que justamente sea esclavo"

En las sentencias de la misma audiencia, los jueces resolvían que los los españoles acerca de esta materia eran obligados a dudar en cuanto a la venta o posesión de un indio. Muchos religiosos predicadores y confesores que sabían muy bien las lenguas y penetraban los secretos de los indios, tuvieron cargo de examinar e hicieron muy gran diligencia en público y en secreto en este negocio.

Todos los indios que los españoles tienen en las Indias por esclavos, al menos en toda la Nueva España, y en la Nueva Galicia, y en el reino de Guatemala, y en la provincia de Chiapa, y en el reino de Yucatán, y en las provincias de Honduras, y en la de Nicaragua, y en todas las otras partes a donde de las susodichas los han llevado, habidos de otros indios, o por vía de tributos, o rescatados, o comprados (sacados los que a sabiendas lo hicieron, de quien nadie puede dudar haber gravemente pecado), ciertamente dudaron, o eran obligados a dudar de aquella injusticia plagiaría.

La libertad

La libertad es uno de los conceptos más fundamentales. No se puede pensar a priori que todos son esclavos, todo lo contrario, y como se había dicho antes, la libertad se presume. Esto es lo que Bartolomé llama la vía y opinión benigna. Por lo demás, la esclavitud bajo los españoles es mucho más cruel y despiadada que bajo los indígenas, y que la vida de los esclavos bajo los españoles es comparable a una "pestilencia mortal", mientras que entre los indígenas experimentan una libertad relativa y un trato más suave. 

Incluso si los indígenas esclavizaban a otros indígenas, lo hacían de acuerdo con sus leyes y costumbres, las cuales considera justas. Sin embargo, señala que la forma en que los españoles tratan a los indígenas es extremadamente despiadada y cruel, incluso hasta el punto de matarlos. Las leyes y la razón no son suficientes para moderar el trato inhumano de los españoles hacia los indígenas. Por lo tanto, Las Casas propone que si un indígena es esclavo justamente entre su propio pueblo, no se debe permitir que los españoles lo mantengan en esclavitud, sino que el indígena debe ser compensado por el valor excesivo que el español está usurpando, tomando en cuenta todo lo que excede lo que el indígena originalmente había cedido o vendido legítimamente. De esta manera, se sugiere que el indígena recupere su libertad y comience a comprender lo que significa ser libre. 

Bartolomé concluye, 

''Todos los indios que se han hecho esclavos en las Indias del mar océano,  desde que se descubrieron hasta hoy, han sido injustamente hechos esclavos, y los españoles poseen a los que hoy son vivos por la mayor parte, con mala conciencia, aunque sean de los que hubieron de los indios''

Inmediatamente, luego de llegara a esta conclusión, Las Casas propone el siguiente corolario.


Corolarios

Primer corolario

Bartolomé señala el primer corolario:

Su Majestad es obligado, de precepto divino, a mandar poner en libertad todos los indios, que los españoles tienen por esclavos.

Esto se prueba por tres motivos:

  • Proteger a los débiles
  • Vivir según la virtud y la justicia propia de un rey. Disponer y reparar los daños
  • Los reyes y príncipes temporales son obligados a ayudar por derecho divino. Por lo demás, solo por estos hechos, muchas almas españolas están en la perdición por los pecados cometidos

Segundo y tercer corolario

Ahora señala el segundo corolario, los cuales no se explican más allá de lo que muestran:

Los obispos de las Indias son de precepto divino obligados y, por consiguiente, de necesidad, a insistir y negociar importunamente ante Su Majestad y su Real Consejo, que mande librar de la opresión y tiranía que padecen los dichos indios que se tienen por esclavos, y sean restituidos a su prístina libertad; y por esto, si fuere necesario, arriesgar las vidas

Docta y santamente lo hicieron los religiosos de la Orden de Santo Domingo, y San Francisco, y San Agustín, en la Nueva España, conviniendo y concertándose, todos a una, de no absolver a español que tuviese indios por esclavos, sin que primero los llevase a examinar ante la Real Audiencia, conforme a las Leyes Nuevas; pero mejor hicieran si absolutamente a ello se determinaran sin que los llevaran a la Audiencia.

En este pasaje del corolario de Bartolomé de las Casas, se argumenta que los religiosos de las órdenes mencionadas (franciscanos, dominicos y agustinos) tienen conocimiento o al menos una alta probabilidad de conocer las injusticias y corrupciones cometidas al esclavizar a los indígenas por parte de los españoles y algunos indios. Se afirma que este conocimiento o probabilidad se equipara a la certeza en cuestiones morales, y que los confesores que tenían dudas estaban obligados por su función a liberar a los esclavos o llevar el caso ante la Audiencia.

El argumento se fundamenta en que el confesor, al asumir el papel de juez espiritual, está obligado a tener conocimiento suficiente, prudencia y discreción para emitir juicios justos, especialmente en casos de injusticia, agravio o daño. Se compara al confesor con un obispo, un cura y un juez espiritual, lo que implica una responsabilidad ética y moral equivalente. Si el confesor, debido a su falta de conocimiento o negligencia, no ordena la restitución de lo usurpado o mal ganado (en este caso, la libertad de los esclavos), él mismo se hace responsable de la injusticia y está obligado a compensar a la parte agraviada.

Se hace una analogía con la responsabilidad de otras profesiones, como la del médico que es responsable por el daño causado por su impericia o negligencia, y el asesor o juez que también son responsables por sus malos consejos o sentencias debido a su falta de conocimiento, negligencia o impericia.

La idea central es que la ignorancia o negligencia no exime de responsabilidad moral y que aquellos que tienen el poder o la autoridad para corregir injusticias están obligados a hacerlo en concordancia con su función y conocimiento.

En la segunda parte de este corolario de Bartolomé de las Casas se refiere a la necesidad de liberar a los indígenas de América sin llevar sus casos a examinar ante las Audiencias reales. Bartolomé de las Casas fue un fraile dominico y defensor de los derechos de los indígenas durante la colonización española de América. En este corolario, sugiere que los religiosos que tienen influencia sobre los indígenas deberían liberarlos directamente, sin esperar a que sus casos sean examinados por las Audiencias reales, que eran tribunales españoles establecidos en las colonias.

Las Casas argumenta que los religiosos deberían actuar de acuerdo con su conciencia y su creencia en que los indígenas son injustamente esclavizados. Afirma que muchos religiosos comparten esta opinión y están obligados a seguir su conciencia en este asunto. Además, critica las injusticias y opresiones que observa en el sistema de las Audiencias reales, sugiriendo que no serían un recurso efectivo para garantizar la justicia para los indígenas.


Conclusión

En conclusión, Bartolomé de las Casas expresa la preocupación por la gran cantidad de personas que son injustamente esclavizadas en los reinos indígenas, instando a Vuestra Alteza (posiblemente refiriéndose al rey o a una autoridad real) a liberarlas rápidamente. Esta es la acción necesaria para corregir la situación y evitar la perdición espiritual de estas personas. Se enfatiza el papel de los prelados como guías espirituales y se advierte sobre las consecuencias eternas si no se toma acción. Por otro lado, es importante lo que Bartolomé de las Casas decía con respecto a los derechos humanos; el principio de buena fe y de presunción de inocencia: todos son inocentes hasta que no se demuestre lo contrario.

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