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martes, 19 de julio de 2022

Cambio seco (Cambium Secco)


Cambio seco

Cambium secco

El cambio seco es uno de los concepto más importantes dentro de la filosofía económica del renacimiento, sobre todo en la conocida Escuela de Salamanca. En nuestro blog, hemos visto este concepto por primera vez en la obra de Tomás de Mercado llamada ''Suma de Tratos y Contratos'', específicamente en su libro cuarto. El filósofo de la misma escuela nos dice que esta es una práctica ilícita entre los cambiadores, donde la usura es el principal motivo. Vamos a adentrarnos en este concepto más profundamente.

La Familia Medici

De Roover

Una de las primeras obras en que vemos mencionado el cambio seco, es en la obra de Raymond De Roover ''Auge y caída del Banco Medici 1397-1494'', en el cual se describía el desarrollo y la metodología que ocupaba la familia Medici para mantener el banco a cuestas. 

Las operaciones más conocidas de la familia era el cambio, es decir, el cambio del valor de una moneda por otra. Si bien la familia Medici se jactaba de realizar operaciones lícitas de cambio, en sus registros se puede ver que recurrieron a la técnica del cambio seco. 

El cambio seco se describía como una transacción de cambio y recambio (cambium et recambium), sin que ningún asentamiento final tome lugar en el país donde se quiere realizar la transacción. Es decir, era el mismo intermediario quien pagaba y cargaba el interés de dicho cambio. En otras palabras, el Banco Medici recibía el préstamo y en el proceso sacaba intereses, pues el cambio podía llevar meses hasta que se le devolvía el monto a cambiar, no sin antes el banco haber generado muchos intereses con ese préstamo inicial. Por cierto, el cambio nunca ocurría, pues el pago se hacía al mismo banco y el mismo banco, además, se pagaba. 

Villalón

Cristóbal de Villalón también nos describe esta práctica como una de las más usureras junto con el cambio ficticio, aunque este último es peor. El autor nos dice que era una costumbre muy recurrente usar el cambio seco en aquellos mercaderes pobres. 

Villalón nos da el siguiente ejemplo:


  • Doy a un tal Pedro, un pobre comerciante, 100 ducados en Medina a cambio de un cambio en que el mismo Pedro instruye a su intermediario en Valencia para que pague a mi intermediario en esa ciudad en una fecha futura especificada.

  • Debido a que Pedro es un cliente riesgoso, y también porque no puede obtener crédito fácilmente en otro lugar, ajusto la tasa de interés en consecuencia, cobrando una prima de riesgo sustancial. Donde podría cobrar un riesgo de crédito 'normal' de dos ducados por cien en un préstamo de dos meses, le cobro a Pedro tres o cuatro por cien en un préstamo de un mes 

  • Pero el hecho es que Pedro no tiene un intermediario en Valencia. El 'intermediario' a quien va dirigido el cambio es, de hecho, 'una persona a la que yo mismo (el prestamista) quise nombrar y a quien Pedro (el prestatario) nunca ha visto ni ha conocido, por lo que sé por seguro que el cambio no será ni aceptado ni pagado.

  • Yo, el prestamista, envío el cambio que me ha dado Pedro a mi propio intermediario en Valencia. En la fecha señalada, se lo presenta a la persona nombrada como intermediario de Pedro, quien naturalmente se niega a pagar, porque no tiene idea de quién puede ser este Pedro.

  • En este punto, mi intermediario contrata a un notario (un escribano) para redactar una protesta y una investigación sobre cómo llegó a dirigirse el cambio a Valencia. Luego contrata a algunos de sus compinches que son corredores de bolsa en Valencia (corredores de manga) que están dispuestos a jurar que recientemente han realizado transacciones similares a tasas aún más altas: 3.5–4.0 por ciento (a tres y medio y cuarto por ciento) en un préstamo de un mes.

  • Mi intermediario luego me envía todos los documentos resultantes para que pueda completar la transacción según lo previsto. Es decir, el prestatario Pedro me paga principal e intereses en Medina, pueblo en el que le presté los 100 ducados.

  • Naturalmente, el recambio girado sobre Pedro incluirá intereses adicionales. ‘Para que entonces Pedro me pague el interés original de un cuatro por ciento más o menos más la cantidad extra que cobró mi supuesto intermediario en la otra localidad’.

Como podemos ver, el intermediario, que puede ser un mercante o un banco en el caso de los Medici, se queda con el interés generado en el proceso y cobrado a aquel que quiere realizar el cambio. Una práctica que los teólogos de ese tiempo, y en especial los filósofos de la escuela de Salamanca, condenaban totalmente. 

Tomás de Mercado

Uno de los primeros filósofos de la Escuela de Salamanca, Tomás de Mercado, será quien condene esta práctica severamente por el crédito usurero que dejaba. Su comentario lo sintetizamos de la siguiente forma:

En primer lugar debemos preguntar, ¿ cómo es que una moneda de Madrid puede ser cambiada en Génova, si Génova no tiene la moneda de Madrid? Este tipo de cambio está prohibido, pero muchos la realizan a través de intermediarios que les cobran un interés por realizar dicho cambio. de esta forma se le llama seco a este cambio porque la otra parte no tiene la moneda que necesariamente se debe cambiar, pero la obtendría por medio de un interés. Esta conducta es reiterativa entre los lombardos.

En la práctica este es un contrato meramente de préstamo interesal, no habiendo realmente en el más de prestarle aquella suma de reales por 6 meses, llevándole por el tiempo que espera todos aquellos intereses, que siempre son grandes, y aunque fuesen cortos no dejarían de ser usura.

Conclusión

Las repercusiones que dejó este tipo de cambio son tremendas. Aunque era muy vergonzoso cobrar interés por un cambio haciéndolo en el mismo lugar, la verdad es que la estrategia se hacía de todas maneras sin importar de quien se tratase. Esto da como inicio al título de crédito llamado Letra de Cambio que sería aquel documento absolutamente necesario para realizar cambios, que incluso se usa hasta el día de hoy 



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